El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó la sentencia recurrida, al concluir que el juez ordinario civil del fuero común es el competente para conocer del proceso penal seguido en contra del militar con cargo de Sargento 2°, en condición de servicio como cocinero en el comedor del Hospital Militar de la ciudad de La Paz, Baja California Sur, por la comisión de los delitos de homicidio y robo a casa habitación.
Asimismo, los Ministros determinaron remitir los autos al Tribunal Colegiado de Circuito del conocimiento para el examen de los agravios de legalidad expuestos por el recurrente.
La anterior decisión no implica que esta Suprema Corte de Justicia de la Nación esté dejando en libertad al quejoso, toda vez que éste quedará a disposición del juez competente local.
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