Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió la declaración de validez de la elección y el otorgamiento de la constancia de validez y mayoría al Partido Revolucionario Institucional (PRI) en San Luis Potosí.
Los magistrados encontraron fundado uno de los agravios interpuestos por el Partido Acción Nacional (PAN) relativo a que la Sala de Segunda Instancia del Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado en mención resolvió el asunto sin tener en cuenta las actas que previamente se admitieron al actor pero no se desahogaron, por lo cual en plenitud de jurisdicción y ante la urgencia por la cercanía de la toma de protesta de los integrantes electos de los ayuntamientos de la entidad federativa en cita, se resolvió que en cuatro casillas hubo sustitución de funcionarios, los cuales no estaban inscritos en la lista nominal o sección correspondiente, por lo que lo procedente era anular la votación recibida en dichas casillas.
En consecuencia se llevó a cabo la recomposición del número de votos correspondiente a cada partido, sin que haya traído como consecuencia un cambio en la planilla de candidatos que resultaron ganadores.
Asimismo en diversos medios de impugnación presentados en contra de la integración y entrega de constancias de mayoría en los ayuntamientos de San Martín Chalchuicuacutla, Huehuetlán, Cerro de San Pedro, Soledad de Graciano Sánchez, Guadalcazar y Cerritos en San Luis Potosí; Yuriria en Guanajuato, se confirmaron las resoluciones impugnadas, en razón de que el Pleno estimo infundados o inoperantes los agravios expuestos por los enjuiciantes.
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