La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) publicó hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el aviso por el que se dan a conocer los Lineamientos para la elaboración del Manual de Prevención de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y Financiamiento al Terrorismo.
Dicha publicación se origina der la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito (LGOAAC) la cual señala que las sociedades financieras de objeto múltiple no reguladas, los centros cambiarios y los transmisores de dinero (Sujetos Obligados) deberán establecer medidas y procedimientos para prevenir y detectar actos, omisiones u operaciones que pudieran favorecer, prestar ayuda, auxilio o cooperación de cualquier especie para la comisión de los delitos previstos en los artículos 139 ó 148 Bis del Código Penal Federal o que pudieran ubicarse en los supuestos del artículo 400 Bis del mismo Código.
Por su parte, las diversas Disposiciones de Carácter General en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo (Disposiciones) que derivan de la referida LGOAAC, señalan que los Sujetos Obligados deberán elaborar y remitir a la Comisión un documento en el que desarrollen sus respectivas políticas de identificación y conocimiento de Clientes o Usuarios, así como los criterios, medidas y procedimientos internos que adoptarán para dar cumplimiento a lo previsto en las Disposiciones.
En dicho documento, los Sujetos Obligados deben integrar los criterios, medidas y procedimientos internos que deberán adoptar para dar respuesta a las preguntas ¿Qué? ¿Cómo? ¿Dónde? ¿Cuándo? ¿Quién? y ¿Por qué?, respecto del cumplimiento de cada una de las obligaciones contenidas en las Disposiciones. También deberán incluir un apartado que mencione los procesos de capacitación que llevarán a cabo, así como la difusión del contenido del referido documento entre su personal.
En este sentido, con el objeto de auxiliar a los Sujetos Obligados en el cumplimiento de las obligaciones establecidas en las Disposiciones y en ejercicio de la facultad prevista en estas últimas, la Comisión da a conocer los presentes lineamientos para la elaboración del Manual de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo (Manual PLD/FT).
La elaboración del Manual PLD/FT no debe ser considerada una carga, pues es la mejor herramienta para implementar los procesos de la sociedad de forma transparente y con apego a la normatividad, y evitar el ser utilizado para la realización de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo.
Los lineamientos deberán considerarse como una guía, cuyo propósito es auxiliar a los Sujetos Obligados en la elaboración de su Manual PLD/FT, el cual debe reflejar las características especiales de cada uno de los Sujetos Obligados considerando, entre otros aspectos, el tipo de productos y servicios que se ofrecen a los Clientes o Usuarios.
Diario Jurídico México comparte el Aviso íntegro.
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