El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la invalidez del Decreto por el cual se expide la Zonificación Catastral y las Tablas de Valores Unitarios de Suelos Urbanos y Rústicos; así como los Valores Catastrales de Construcción por metro cuadrado para el Municipio de San Andrés Cholula, publicado en el Periódico Oficial de esa entidad el 26 de diciembre de 2011, la que surtirá efectos a partir de la notificación al Congreso de dicho Estado.
Los Ministros indicaron que la sentencia no tendrá efectos retroactivos y, por ende, no incidirá en nada los pagos ya realizados. En ese sentido, no existirá una doble tributación.
Cerca de dos horas duró la discusión del tema en el pleno de la SCJN y al final, el presidente Juan Silva Meza ordenó modificar el proyecto que presentó el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, quien tuvo a su cargo el expediente 9/2012 que contenía la controversia constitucional que presentó el Ayuntamiento de Puebla.
Con ello se le da certeza a la gente que habita en la zona limítrofe, pues el dictamen no es retroactivo y se respetarán los pagos que ya se han realizado y no realizarán un segundo pago.
El dictamen que aprobaron los ministros con 8 votos a favor y 3 en contra, quedó de la siguiente forma:
«Primero. Es procedente y fundada la presente controversia constitucional.
«Segundo. Se declara la invalidez del decreto por el cual se expide la zonificación catastral y tablas de valores unitarios, así como los valores catastrales de construcción por metro cuadrado para San Andrés Cholula publicado en el Periódico Oficial el 26 de diciembre de 2011.
“Está declaración no tendrá efectos retroactivos, por ende no afectará los pagos realizados. Sus efectos futuros surtirán efecto a partir de la notificación de estos puntos al Congreso de Puebla.»
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