La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó las bases de 30 de septiembre de 2011, firmadas por el Gobierno del Distrito Federal a través de la Secretaría del Medio Ambiente, por las cuales se otorga, el uso, goce y aprovechamiento temporal a título oneroso de un espacio ubicado en Delegación Miguel Hidalgo del Distrito Federal, Tercera Sección del Bosque de Chapultepec, ubicación que corresponde al Centro Hípico de la Ciudad de México.
Lo anterior, en virtud de que existe un Decreto publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal de 2003 en el que se declara como área de valor ambiental, con la categoría de bosque urbano, al Bosque de Chapultepec, dentro de la cual se encuentra el espacio objeto de las bases impugnadas.
Los Ministros indicaron que la existencia de tal decreto comprueba que la administración de ese espacio sí se encontraba “reservada” a una unidad administrativa distinta de la propia Delegación actora, no como consecuencia de las mismas bases, sino con base en el decreto de dos mil tres.
Razón por la cual, resultan infundados los argumentos de la Delegación Miguel Hidalgo acerca de que las bases impugnadas vulneran su esfera de competencia, ya que ésta, a partir de la emisión del decreto mencionado en el que se declaró área de valor ambiental al Bosque de Chapultepec, no tenía la facultad constitucional o estatutaria, ni aun residual, para la administración del citado espacio.
Es de mencionar que como efectos de la presente resolución, los pagos realizados por la Asociación de Concesionarios del Club Hípico de la Ciudad de México, Asociación Civil, a la Delegación actora a partir de la fecha de la concesión de la suspensión, deberá enterarlos al Gobierno del Distrito Federal por ser la autoridad competente para la administración de dicha área de valor ambiental y la emisión de las bases impugnadas.
Así, la Primera Sala resolvió, a propuesta del Ministro José Ramón Cossío Díaz, la controversia constitucional 121/2011, promovida por la Delegación Miguel Hidalgo del Distrito Federal.
Comentarios recientes