El Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Enrique Peña Nieto, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en los artículos 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 4 y 7 de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, tuvo a bien expedir el Decreto por el que se reforma el artículo 5 del Reglamento de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones.
ARTÍCULO ÚNICO.- Se reforma el artículo 5 del Reglamento de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, para quedar como sigue:
«Artículo 5. El Gobierno Federal deberá consultar a las Cámaras en todos aquellos asuntos vinculados con las actividades que representan y a las Confederaciones como representantes de los intereses generales de la actividad comercial e industrial.»
El Decreto, que entrará en vigor a partir de mañana, fue signado el 7 de febrero del presente por el Primer Mandatario y por el Secretario de Economía, Ildefonso Guajardo Villarreal.
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