El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general, y en los artículos no reservados, el dictamen que acota el fuero constitucional a funcionarios públicos, con 376 votos a favor, 56 en contra y cinco abstenciones.
El documento reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de los artículos 61, 111, 112 y 114 de la Constitución Política, informa la Cámara en su página de internet.
En el artículo 111 se modifica el esquema de inmunidad procesal penal (llamado fuero) de diversos servidores públicos, como son los legisladores, ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, los consejeros de la Judicatura Federal.
Además de los Secretarios de Despacho, los diputados de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, el Procurador General de la República y el Procurador General de Justicia del Distrito Federal, así como el consejero Presidente y los consejeros electorales del Consejo General del Instituto Federal Electoral.
Actualmente, para sujetarlos a juicio penal es necesaria la declaración de procedencia que emite la Cámara de Diputados, misma que tiene por efecto retirar del cargo a la persona.
En el dictamen aprobado se establece que la inmunidad proteja únicamente la libertad de los servidores públicos, así como el principio de presunción de inocencia que les asiste como a todo ciudadano.
Un servidor público que cuente con inmunidad constitucional no podrá ser privado de su libertad durante el tiempo en que ejerza su cargo, pero sí podrá ser sujeto de proceso penal, bajo las reglas especiales que incluye el presente dictamen.
El dictamen no contempla en estos casos la figura del Presidente de la República, que queda como en los términos actuales, goza de inmunidad salvo en caso de traición a la patria y delitos graves del orden comun.
Tras la votación en lo general inició la discusión de las reservas presentadas en lo particular.
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