La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la custodia de un menor será entregada a su mamá o su papá, sólo cuando se realicen estudios socioeconómicos a ambos padres, para determinar cuál es el mejor escenario para el menor.
La resolución fue tomada tras la revisión del amparo directo 2887/2013, a propuesta del Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, en el que un tribunal otorgó la guarda y custodia de un menor de edad a su progenitora, sin realizar los estudios socioeconómicos, por lo cual, no estuvo en posibilidad de fallar, de una mejor manera, qué era lo más conveniente para el menor, en atención al interés superior del niño.
La Primera Sala estableció que a fin de contar con una mayor certeza al decidir qué es lo que más le conviene a un menor, el juez en turno tendrá la responsabilidad de elegir el escenario que resulte menos perjudicial para el menor, así como decidir una solución estable, justa y equitativa que resulte lo más benéfica para éste último.
Al revisar el amparo, la SCJN explica que el amparo concedido al padre del menor permitirá recabar nuevamente la prueba pericial en psicología y, a través de ella, determinar cuál de los padres tiene mayor aptitud para tener la guarda y custodia del infantil; si tienen alguna patología emocional que sea perjudicial para el menor; si el menor presenta alguna manipulación por parte de sus progenitores, así como establecer en cuál entorno familiar tendrá el menor un mejor desarrollo psicológico y emocional.
En la medida, la SCJN menciona que al realizarse la prueba pericial, deberá grabarse en audio e imagen, para que el juzgador aprecie su contenido y, al valorarla, atienda no sólo a su resultado, sino también a su desarrollo y, de esta manera, no quede duda de las manifestaciones vertidas por el menor y el contexto en que éstas se hacen.
=Agencias=
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