La Cámara de Diputados aprobó, por 441 votos a favor, cero en contra y cuatro abstenciones, reformas a la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, para incrementar las sanciones e imponer prisión a quien simule un plagio.
El dictamen reforma los artículos 13 y 14 de esa Ley, reglamentaria de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política, surge de una iniciativa que presentó el diputado Humberto Armando Prieto Herrera (PAN) el pasado 31 de julio y se turna al Senado de la República para su eventual ratificación.
El artículo 13 señala que se impondrán de 200 a 700 jornadas de trabajo o de tres a seis años de prisión al que simule por sí o por intervención de otra persona, la privación de su libertad.
En la actualidad sólo se contemplaban penas de hasta 100 jornadas de trabajo.
En el artículo 14 de la misma ley, se especifica que se impondrán de tres a ocho años de prisión al que simule la privación de la libertad de una persona, con intención de conseguir beneficio económico, causarle daño, u obligar a sus familiares a realizar un acto cualquiera.
En la legislación actual se contemplan de dos a ocho años de prisión.
El dictamen señala que la sociedad ha evolucionado y la delincuencia ha encontrado maneras más sofisticadas de dañar a las personas, por lo que al imponer una sanción mayor para quienes comentan dicha simulación, se evita la repetición y facilidad con que pudieran llevarse a cabo estos actos.
Indica que las consecuencias sobre las víctimas de un secuestro son colectivas, ya que no sólo conlleva a la privación de la libertad de una persona, sino a una serie de daños físicos, psicológicos, económicos y emocionales.
Considera que el secuestro en sus distintas modalidades es un delito que indigna a la sociedad, daña irreversiblemente a la víctima y a sus familiares y su incremento ha llevado a la necesidad de modificar las sanciones para castigarlo, dándole a la autoridad mecanismos para su persecución.
=Cámara de Diputados=
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