Mecanismo de transparencia no viola la libertad sindical: SCJN

Foto: Siempre 88.9

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Los artículos 371, fracción XIII, y 373 de la Ley Federal del Trabajo, los cuales establecen mecanismos de rendición de cuentas y de transparencia en torno a la administración del patrimonio de los sindicatos, no violan el principio de libertad sindical, determinó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al resolver el amparo 643/2013, promovido por la Asociación Sindical de Trabajadores del Metro.

La Asociación Sindical de Trabajadores del Metro alegó en su amparo que los mecanismos de rendición de cuentas que se establecen en la Ley permitían la injerencia indebida del Estado y de los poderes públicos.
Sin embargo, la SCJN señaló que estos mecanismos solo están permitidos para los trabajadores.
También apuntó que los elementos establecidos en los artículos antes mencionados permiten la adecuada administración del patrimonio sindical y el fortalecimiento de la condición democrática de la vida interna de los sindicatos.
El nuevo criterio determinado por la Corte contó con la aprobación de los ministros Sergio A. Valls Hernández, Alberto Pérez Dayán, José Fernando Franco González Salas, Margarita Beatriz Luna Ramos y Luis María Aguilar.
=Etcétera=