El Senado de la República aprobó con 90 votos a favor una reforma al Artículo 73 de la Constitución, a fin de facultar al Congreso de la Unión para expedir leyes en materia de atención y protección de los derechos de las víctimas.
Con ello, se amplía la certeza jurídica y se fortalecen las capacidades de las autoridades que se encargan de proteger los derechos de las víctimas, bajo los estándares internacionales.
En la exposición de motivos del dictamen se subraya que la atención y protección de las víctimas es un asunto inherente a los derechos humanos, por lo que no se deben “escatimar esfuerzos para expedir todas las normas constitucionales y legales” para protegerlos.
De esta manera, el Estado debe prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos.
En este contexto, la reforma al Artículo 73 constitucional permitirá que la legislación secundaria genere criterios homogéneos de atención y protección de los derechos de las víctimas, así como la constitución de esquemas de coordinación entre las autoridades de los distintos órdenes de gobierno.
Así, las entidades federativas que aún no lo hayan hecho, tendrán que adecuar su marco legal para atender este fenómeno de manera eficaz.
Los senadores dejaron en claro que existe una gran exigencia en la sociedad mexicana para que el Estado garantice de manera integral la asistencia y protección a las víctimas, pues las diversas normas e instancias que se encargan de ello “no se han obtenido los resultados esperados”.
Ello, «porque los esfuerzos realizados por las autoridades de los tres niveles de gobierno no cuentan con un soporte Constitucional que los coordine”.
Tras su aprobación, el dictamen se envió a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.
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