La Secretaría de Gobernación (Segob) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Ley que protege a testigos que participan en procesos penales, la cual tiene por objetivo garantizar la protección y atención de éstos cuando se encuentren en situación de riesgo o peligro por su participación o como resultado del mismo.
Dicha ley, que entrará en vigor dentro de 180 días, esto con el fin de permitir poner en marcha un programa en la materia, según lo declaró Marisela Morales, titular de la Procuraduría General de la República (PGR), incluye desde atención psicológica hasta incluso cambio de identidad.
El programa prestará a los testigos atención psicológica, custodia policial, cambio de domicilio, manutención, colocación en nuevos empleos y cambio de identidad en caso de ser necesario. Al programa podrán incorporarse «víctimas, ofendidos, testigos, testigos colaboradores, peritos, policías, ministerio público (fiscal investigador), jueces y miembros del Poder Judicial, o quienes hayan colaborado eficazmente en la investigación o el proceso; quienes se incorporen no pueden condicionar su ingreso o estadía en el mismo», señaló la procuradora.
Las obligaciones de quienes se beneficien de este programa son comprometerse a no revelar que forman parte de él, reservarse información sobre el funcionamiento del mismo y abstenerse de conductas que puedan poner en peligro su seguridad.
Diario Jurídico comparte el Decreto íntegro.
Ley que protege a testigos que participan en procesos penales
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