Enfermedad y Poder.- Ernesto Villanueva*

Foto: IIJ-UNAM

El 7 de marzo de 2004, el editorial de The New York Times publicó un sugestivo texto cuyo título lo decía todo “La necesidad de candidatos sanos” al hacer una crítica a la información mínima de la salud de los gobernantes. La tensión entre el derecho a la vida privada de los gobernantes y el derecho a saber de la comunidad es un tema que en México sigue abierto. Veamos

Primero. La regla general dispone que los expedientes médicos formen parte del núcleo duro de la vida privada de los seres humanos. Este punto de partida forma parte de las distintas disposiciones en materia de protección de datos personales. Por supuesto, por definición los derechos no son absolutos. Deben ser armonizados con otros derechos y en, suma, con el interés público. El derecho a saber de la comunidad es una prerrogativa que ha ido creciendo en México.

Hace tan sólo 17 años constituía una postura políticamente incorrecta cuestionar el sueldo del presidente de la República. Sergio Aguayo hizo esa solicitud que le hizo mucho bien al país. Logró que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ensanchara el alcance del derecho a la información adicionado al artículo 6º constitucional a instancias de Luis Javier Solana en 1977. (Solicitud 3/96. Petición del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos para que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ejerza la facultad prevista en el párrafo segundo del artículo 97 de la Constitución Federal). Hoy en día, salvo contadas excepciones, los sueldos, bonos y prestaciones de los servidores públicos constituyen información que de oficio se pone a disposición de la comunidad.

Desde 1972 en los Estados Unidos se ha vuelto una práctica común hacer pública la información sobre la salud de los candidatos, gobernantes y políticos y se cuenta, mejor todavía, con una estadística con datos duros sobre la salud de los presidentes de la República. (Jonathan Davidson y otros “Mental Illness In U.S. Presidents Between 1776 and 1974: A Review of Biographical Sources” publicado por Journal of Nervous & Mental Disease: Enero del 2006. Volumen 194, Ejemplar 1 pp 47-51) Janlori Goldman y Elizabeth Ida Tossell formulan la siguiente pregunta:” ¿Usted votaría por un candidato presidencial que sufra una enfermedad que lo debilite y pueda afectar el desempeño de sus funciones o incluso comprometer que pueda cumplir su periodo?” (“Presidential Health: Do We Have a Right to Know?” en http://www.ihealthbeat.org/perspectives/2004/presidential-health-do-we-have-a-right-to-know.aspx#ixzz22LkdPhBb).

En Europa, los doctores Pierre Rentchnick y Pierre Accoce se dieron a la tarea de estudiar la salud de los gobernantes y su impacto en la sociedad. Por ejemplo, afirman que el presidente Franklin D. Roosevelt padecía de presión arterial alta lo que reducía su lucidez en las negociaciones territoriales en el marco de la segunda Guerra Mundial. (Ces malades qui nous gouvernent. Librairie Générale Française. 1978)

Segundo. En México, no hay mayor bibliografía sobre el tema. De manera intuitiva, empieza poco a poco a dejar de ser un tabú. Hace sólo año y medio, Carmen Aristegui fue sancionada por preguntar si el presidente Felipe Calderón es o no alcohólico. En Estados Unidos hubiera sido una interrogante que difícilmente hubiera sido ajena al periodismo. En México, en cambio, generó que fuera despedida de MVS por ese hecho. No se le perdonó, en principio, que rompiera los umbrales de tolerancia de los poderes formales e informales ante un asunto que hacía más de 40 años formaba parte de las culturas democráticas.

En Estados Unidos y en Europa se cuentan con datos para hacer un estudio comparativo de la salud presidencial. En México, no. Y ahora creo que no es porque se trate de información clasificada como confidencial, sino seguramente inexistente por nuestra subcultura política. En las elecciones presidenciales recientes el tema de la salud de los gobernantes ingresó a la agenda pública por un desfallecimiento momentáneo de la candidata del PAN, Josefina Vázquez Mota, que terminó por crear consenso entre los candidatos presidenciales para realizarse exámenes de salud y poligráficos.

Sobra decir que la información sobre la salud de candidatos y gobernantes tiene un impacto importante habida cuenta que estos deciden los asuntos de todos. Ellos sufren sus enfermedades, pero la sociedad las padece si se toman decisiones equivocadas. (Nelson Castro. Enfermos de poder. La salud de los presidentes y sus consecuencias. Vergara. 2009)

Tercero. Si bien el tema de la salud presidencial fue coyuntural, habría que aprovecharlo para generar estándares que permitan crear un equilibrio entre el legítimo derecho a la vida privada de quienes gobiernan y el derecho a saber de la comunidad. En el país donde la fuerza del Ejecutivo es mayúscula por el diseño constitucional se debería crear por ley un sistema que repose sobre las siguientes líneas mínimas: a) Los exámenes médicos deben hacerse por lo menos al Presidente de la República, Secretarios de Despacho y equivalentes, gobernadores, Jefe de Gobierno del Distrito Federal y presidentes municipales de las capitales de los estados así como a los candidatos a cargos de elección en el ámbito del Poder Ejecutivo; b) La práctica de exámenes de salud se debe hacer de tal suerte que se haga pública sólo aquella porción informativa que pueda tener un impacto en el óptimo ejercicio de sus funciones. De esta suerte, se mantiene a salvo el derecho a la vida privada de candidatos y gobernantes del morbo o de la curiosidad pública; c) Los exámenes deben hacerse de manera anual como sucede en los estados democráticos y dar a conocer con detalle cuando candidatos o gobernantes sean sometidos a operaciones que impliquen anestesia general, habida cuenta que en ese momento pierden totalmente la conciencia; d) Los exámenes deben realizarse por expertos independientes.

AMLO y EPN coincidieron en que fuera la UNAM la encargada de esta tarea a efecto de evitar exámenes a modo que manipulen la información real. Este ejercicio sería un paso más en la abultada lista de pendientes en materia de transparencia y rendición de cuentas.

(*) Opinión del especialista en asuntos de transparencia y libertad de expresión e investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, Ernesto Villanueva