*Por Luis Javier Sánchez/Diario Jurídico España.
La guerra de patentes entre Samsung y Apple continúa en los tribunales de medio mundo. La última sentencia, de un tribunal de Corea del Sur, determina que ambos fabricantes violaron patentes del otro en la fabricación de sus dispositivos. Un empate técnico. Apple sigue en su cruzada contra Samsung y queda pendiente una demanda por $2500 millones en California junto con la retirada de todos los teléfonos inteligentes de Samsung del mercado estadounidense. DIARIOJURIDICO ha querido conocer de expertos de primera fila la valoración a esta contienda digital de la que no sabremos su desenlace final a corto plazo. Alejandro Touriño, socio responsable de Information Technology de ECIJA analiza este fallo y la importancia del actual sistema de patentes mientras que Eduardo López, abogado de Derecho Digital y miembro de ENATIC, destaca la necesidad que se desarrolle el concepto de seguridad jurídica de forma universal
Pero la disputa no ha concluido: Una juez de Estados Unidos fijó el martes una audiencia para el 6 de diciembre para escuchar la solicitud de Apple de una orden permanente que prohíba las ventas de los teléfonos inteligentes de Samsung Electronics en el país. Apple, que el lunes identificó ocho aparatos contra los que demanda una medida permanente, había dicho que solicitaría la prohibición de sus ventas. Henry Velasquez, Asociado Senior de ECIXGROUP analiza este conflicto a nivel de producto como desde su vertiente jurídica. Por su parte, Ana Gimeno, Abogada de Litigación de Herrero & Asociados, vislumbra que por ello Google deberá asegurarse de que su interfaz de Android no infringe las patentes señaladas por la sentencia
Alejandro Touriño, socio responsable de Information Technology de ECIJA : Debate sobre actual sistema de patentes
Steve Jobs tenía razón. Eso es, al menos, lo que ha entendido el jurado del tribunal federal de San José (California), que ha condenado a la tecnológica Samsung al pago de 1.000 millones de dólares por entender que la compañía surcoreana violó de manera intencionada la propiedad industrial de Apple en la fabricación de sus dispositivos, infringiendo patentes titularidad de la empresa fundada por Jobs.
Es decir, que en atención al criterio del jurado californiano, Samsung hizo trampas, copió en lugar de innovar. Y esto confirma lo que el fundador de Apple había defendido siempre, que Android, el sistema operativo presente en los dispositivos de Samsung, era una copia de su iPhone.
Pero mucho más allá de la importancia de la sanción impuesta, lo relevante del caso es que esta resolución, que no es firme todavía, marca un antes y un después en la encarnizada guerra de patentes protagonizada por los dos gigantes tecnológicos. No en vano, Samsung y Apple controlan entre ambos prácticamente la mitad del mercado mundial de estos dispositivos.
No debe perderse de vista, no obstante, que las patentes, como integrantes del universo jurídico de la propiedad industrial, tienen un carácter territorial, es decir, que despliegan sus efectos únicamente en el territorio en el que hayan sido registradas, de manera que una patente protegida en EEUU puede no estarlo en España si su titular no se ha preocupado en registrarla en nuestro país.
Esta situación genera efectos tan dispares como la posibilidad de que el mismo procedimiento enjuiciado en un tercer estado concluya con un pronunciamiento completamente opuesto, como ha ocurrido con el fallo de un tribunal de Seúl, que encontró culpables a ambas compañías de haber vulnerado patentes de su competidor.
Sea cual sea el resultado final de esta guerra abierta entre ambas entidades, mediática donde las haya, la misma debe servir para reabrir el debate sobre el actual sistema de patentes. Cuando allá por el 1.449 el inventor inglés John de Utynam obtuvo la que se reconoce como primera patente de la historia, patentando un procedimiento de fabricación de vidrio tintado, nada predecía lo que en la actualidad ha derivado el sistema de patentes.
Las patentes nacen con el objetivo de proteger una invención pero, sobre todo, para promover la innovación empresarial. Sólo incentivando al que crea mediante la protección de lo creado, existe un estímulo real en la creación. De esta manera, el que innova ve protegida dicha innovación con una patente, y si cualquier tercero desea usar tal innovación debe pagar una cantidad a la empresa que innovó originalmente.
Obviamente, esto es positivo. Sin embargo un sistema de patentes excesivamente restrictivo frena la competencia, por cuanto impone restricciones excesivas al mercado, impidiendo el normal desarrollo del mismo. Y éste es el camino que el actual sistema de patentes ha tomado, generando empresas tenedoras de carteras con enormes volúmenes de patentes, ya no sólo para proteger lo innovado por ellas, sino para impedir que terceros exploten innovaciones adquiridas de terceros para dificultar la competencia de sus rivales directos.
Eduardo López Roman, Abogado Experto en Derecho Digital, Miembro de ENATIC :Necesidad de seguridad jurídica global
La condena a Samsung a pagar a Apple 800 millones de euros en concepto de daños por vulneración de patente, es un caso interesante al poder apreciar como una resolución de un conflicto legal puede hacerse en clave político-económica. Esta lucha se puede interpretar desde un punto de vista de interés económico que no sólo afecta a las empresas sino también a la economía de dos Estados como Corea del Sur y Estados Unidos.
También se puede interpretar como una lucha por conseguir poder de influencia al formar parte de una estrategia en la que grandes empresas rivalizan por el control del mercado de la telefonía móvil, en la que también saldría afectado Google por la vulneración de cuatro patentes de su sistema Android que incorporan los dispositivos Samsung.
En el ámbito del Derecho Digital debemos analizar y valorar las condiciones en las que se resuelve el conflicto y también la forma que se muestra el mismo ante todo el mundo. Dichos elementos de análisis son la jurisdicción que la emite, la ley que aplica y los efectos de ámbito territorial en su ejecución. Con una visión superficial de la resolución del conflicto por parte de una persona sin conocimientos jurídicos podría llegar a la conclusión que existe un tribunal en Estados Unidos cuya sentencia tiene efectos universales.
Recordemos que dicho veredicto se produce horas después que un tribunal de Corea del Sur haya multado a ambas compañías por vulneración de patentes, lo cual refuerza que los elementos de jurisdicción y ley aplicable condicionan claramente que exista una disparidad en la resolución de un mismo conflicto.
En un mundo globalizado es cada vez más importante permitir que en un escenario de libre competencia para todas las empresas, exista una seguridad jurídica universal con la finalidad de incentivar la innovación y el desarrollo tecnológico. En una sociedad de la información cuya existencia es posible por las tecnologías de la información y comunicación, nos encontramos que en la simple interacción que tenemos con cada uno de estos dispositivos, se recopila el saber e inversión que representan miles de patentes. Dicho conocimiento puede ser claramente obstaculizado por la disparidad normativa y los consecuentes costes burocráticos y procesales para que dichos beneficios lleguen a la totalidad de la población.
El Derecho Digital existe por la evolución de dicha tecnología, evolución que debe ir acompañada de los principios que deben respetar los derechos económicos de quien realiza la inversión tecnológica pero también los derechos fundamentales de todos los ciudadanos que disfrutan de dichas innovaciones. En tal caso, se debe evitar dar una visión fragmentada de la justicia, en la que los procesos administrativos y judiciales retrasen la innovación tecnológica de la que estamos disfrutando todos a día de hoy. Desde ENATIC consideramos que no podemos seguir ignorando que los conflictos en la Era Digital aún se resuelven en base a criterios territoriales de soberanía de los Estados y que debemos aspirar a un sistema universal de resolución de conflictos que permita poder competir en igualdad de condiciones a todos los agentes en una sociedad globalizada.
El precio de la Originalidad y la Innovación Tecnológica
Henry Velásquez Yánez. Asociado Senior de Compliance y TI Law de ECIXGROUP
Tras tres días de deliberación, el Jurado de la Corte Federal estadounidense, en San Jose, California, determinó el pasado viernes que SAMSUNG había infringido 6 patentes de su rival APPLE, al reproducir en algunos de sus terminales móviles inteligentes, características y funcionalidades previamente registradas por la empresa californiana.
En este sentido, las patentes objeto de la disputa se caracterizaban por las siguientes particularidades: (i) “Zoom Táctil” o la capacidad de ampliar documentos haciendo “doble-click”; (ii) efecto “Rebote” que advierte al usuario que se ha desplazado hasta el final de un documento; (iii) la posibilidad de diferenciar cuando un usuario ha efectuado un solo toque, o está realizando una acción de “Multi-touch”; (iv) el diseño y características estéticas del iPhone Blanco y iPhone Negro, como Smartphones rectangulares; (v) el diseño de los íconos que permiten identificar las aplicaciones instaladas, caracterizados por su forma de esquinas redondeadas.
Teniendo en cuenta tales características y funcionalidades, dicha Sentencia podría traer repercusiones en diversos escenarios, que trascienden la mera obligación impuesta a SAMSUNG, de pagar el equivalente a 841 millones de euros por las infracciones imputadas.
En primer lugar, cualquier idea de acercarnos a un modelo de productos de tecnología móvil inteligente, medianamente estandarizado en cuanto a la experiencia interactiva y/o estética por parte del usuario, quedaría descartada. A partir de la Sentencia en cuestión, la apariencia y capacidad de interacción de los futuros Tablets y Smartphones diseñados por los competidores de APPLE, tendrían que tener elementos suficientemente innovadores y diferenciables a las incorporadas en los dispositivos de la empresa fundada por Steve Jobs.
Dicha circunstancia, podría derivar en una saturación de productos de telefonía móvil inteligente con características divergentes, impares y de difícil interoperabilidad, lo que repercutiría en las opciones tecnológicas a disposición de los usuarios y podría tener un impacto en el precio de los dichos productos, en un entorno occidental cada vez más dependiente de los mismos.
Por otra parte, lo dictaminado por el Jurado estadounidense, parece reforzar la tendencia que las jurisdicciones occidentales están adoptando para resolver la compleja ecuación de la originalidad tecnológica.
A este respecto, cabe considerar que esta misma batalla está teniendo lugar en diversas jurisdicciones y que, al menos en las latitudes europeas, SAMSUNG también ha perdido la mayoría de litigios. Al respecto, es preciso considerar que la victoria definitiva de APPLE sobre SAMSUNG en el terreno jurisdiccional, le permitiría incoar procedimientos similares contra otras entidades del sector tecnológico, incluidas GOOGLE y HTC, que han intervenido en el diseño y estructura del sistema operativo Android, utilizado por los dispositivos de SAMSUNG.
No obstante, esta épica protagonizada por dos colosos de la tecnología móvil aún no ha terminado, SAMSUNG ha anunciado que recurrirá la Sentencia emitida el pasado viernes, mientras comienza a verse perjudicada su posición en el índice tecnológico NASDAQ de la Bolsa de Nueva York.
Los móviles inteligentes, en la encrucijada Por Marta Gimeno Abogada del área Litigación de Herrero & Asociados
Este mes de agosto se ha abierto una nueva etapa en la guerra declarada en uno de los sectores tecnológicos por excelencia, esto es, el de los dispositivos inteligentes de telefonía móvil y las “tabletas”, donde sus innovaciones y patentes constituyen, como en tantos otros sectores en la actualidad, la piedra angular de su negocio.
Los actores principales en esta película son precisamente las entidades que controlan más de la mitad de las ventas mundiales de teléfonos inteligentes: la norteamericana Apple y la surcoreana Samsung.
Esta historia se remonta a abril de 2011, cuando Apple demandó a Samsung por considerar que esta empresa había copiado los diseños y la tecnología de sus dispositivos móviles para desarrollar y fabricar sus propios productos, si bien con anterioridad, la entidad americana ya había demandado a empresas como HTC o Motorola por similares motivos. Por su parte Samsung contraatacó demandado a su vez a la americana por infracción de otras tantas patentes, entre ellas, algunas relacionadas con su tecnología inalámbrica.
Dado que el proceso judicial implicaba riesgos para ambas partes, las autoridades judiciales conminaron a los presidentes ejecutivos de ambas compañías a alcanzar un acuerdo, pero la mediación no dio los resultados esperados.
Finalmente, el 25 de agosto se hizo pública la sentencia en virtud de la cual se condenó a la mercantil Samsung a pagar 1.000 millones de dólares (unos 800 millones de euros) por la vulneración en sus dispositivos móviles de seis de las siete patentes por las que la había llevado a juicio su rival (entre ellos, el diseño de iconos y el conocido ”pellizco” en la pantalla táctil), mientras que consideraba que Apple no había vulnerado ninguno de los derechos de propiedad industrial registrados por la mercantil Samsung.
Este procedimiento, trascendental para el sector, afecta adicionalmente a otro gigante de las nuevas tecnologías que podría haber pasado desapercibido al no estar en un primer plano. Sin embargo, la compañía Google Inc. de origen californiano (curiosamente igual que su rival Apple) podría verse muy perjudicado, dado que es en la actualidad el principal rival de la empresa de la “manzana” en el mercado de los sistemas operativos para dispositivos inteligentes.
Es evidente que esta sentencia puede provocar un importante movimiento en el marco de los móviles inteligentes, especialmente en aquellos que soportan el sistema operativo Android de Google dado que, con estos precedentes, otros fabricantes podrían ser demandados por infracciones de software similares. Por ello Google deberá asegurarse de que su interfaz de Android no infringe las patentes señaladas por la sentencia. Ante esta situación, Google se apresuró a enviar en tiempo record un comunicado indicando que la mayor parte de las infracciones llevadas a cabo por el gigante Samsung no tienen relación alguna con el sistema operativo Android.
En cualquier caso, a lo largo de su historia, Apple aprendió bien que defender sus patentes era algo tan importante o incluso más que proceder al registro de sus invenciones y, a pesar del escepticismo manifestado por distintos sectores de la opinión pública, decidieron embarcarse en lo que se ha convertido en un procedimiento judicial millonario. Teniendo en cuenta que Samsung ya ha declarado que recurrirá esta sentencia, es muy probable que este conflicto se alargue en el tiempo y, sentados estos precedentes, es fácil que se multipliquen en el futuro.
El propio Steve Jobs, cofundador de Apple fallecido el año pasado, describía esta batalla legal como una “guerra termonuclear” contra el sistema operativo de Android y, aunque no es probable que llegue a esos niveles catastróficos, parece que no se encontraba tan desencaminado.
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