El Senado de la República aprobó este miércoles la minuta que expide la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas.
Por unanimidad, los senadores avalaron los cambios realizados por la colegisladora para dejar en claro que los servidores públicos que participen, directa o indirectamente, en las contrataciones públicas federales estarán sujetos a responsabilidad en los términos del Título Cuarto de la Constitución.
Asimismo, para imponer responsabilidades y sanciones a las personas físicas y morales, de nacionalidad mexicana o extranjera, por las infracciones en que incurran en su participación en contrataciones públicas federales o en transacciones comerciales internacionales.
Además, se precisó que una vez recibida la denuncia por presuntos actos de corrupción, las autoridades competentes podrán solicitar información a los involucrados e instituciones públicas, los cuales tendrán la obligación de proporcionarla dentro del plazo de diez días hábiles contados a partir de que surta efectos la notificación.
También ratificaron que la autoridad correspondiente tendrá acceso a la información necesaria para el esclarecimiento de los hechos, con inclusión de aquella que las disposiciones legales consideren como de carácter reservado, confidencial o que deba mantenerse en secreto.
En estos cambios se incorporó “el elemento de validez relativo a la notificación del inicio del procedimiento administrativo sancionador de conformidad al procedimiento regulado en la ley y precisó que toda medida de apremio deberá estar debidamente fundada y motivada”.
Esta ley contiene sanciones a las personas morales que participen en actos de corrupción con multas que van de 10 mil hasta 2 millones de veces el salario mínimo o inhabilitación por un periodo que no será menor de 3 meses ni mayor de 10 años.
Para las personas físicas se fijan multas que pueden abarcar la cantidad de mil a 50 mil veces el salario mínimo o inhabilitaciones para participar en contrataciones públicas de carácter federal por un periodo que no menor de 3 meses ni mayor de 8 años.
Asimismo, se definió que la Secretaría de la Función Pública será la autoridad facultada para investigar y, en su caso, sancionar a los culpables que incurran en las infracciones que establece la Ley.
Los senadores consideraron que con la expedición de esta Ley se da cumplimiento a diversas convenciones internacionales suscritas por el Estado mexicano en materia de combate a la corrupción.
La minuta se envió al Ejecutivo federal para sus efectos constitucionales.
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