Amparo reconoce como no asalariadas a sexoservidoras

Foto: Solución Política

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Hace un tiempo, 19 trabajadoras sexuales solicitaron un amparo en el Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa (DF) porque el Gobierno se negaba a reconocerlas como no asalariadas.

Con el amparo concedido, la Secretaría del Trabajo y Fomento al Empleo (STyFE) tuvo que entregar las respectivas credenciales. Mientras tanto, otras 31 trabajadoras sexuales ya presentaron su solicitud. La importancia de estas credenciales es vital para trabajar en las calles y evitar el permanente hostigamiento y extorsión de la Policía.

Al mismo tiempo, el amparo considera inconstitucional la fracción 7 del artículo 24 de la Ley de Cultura Cívica (que persigue la prostitución) lo que coincide con una iniciativa para derogar o modificar dicho artículo que se está elaborando en la Asamblea Legislativa del DF (ALDF).

La Ciudad de México siempre tuvo problemas con la prostitución. A lo largo de su historia la prohibió, la permitió, la ignoró, la reglamentó, la persiguió, la estigmatizó, la credencializó y todo lo demás, porque en el fondo, nunca supo qué hacer con ella.

Por más que se intente perseguirla, la prostitución se escurre por los bordes de la sociedad y a veces, se instala hasta en las mejores familias. Hay jurisprudencia de 1939 donde se indica que el Jefe del Departamento Central (DF) podía «dictar providencias para el mejoramiento moral y económico de la comunidad, persiguiendo entre otros males sociales, la prostitución, que no porque se le tolere puede ser considerada como acto lícito».

En otras palabras, ejercer la prostitución no es legal aunque se la tolera y al mismo tiempo, se la persigue. Imposible ser más confuso. Al año siguiente, otra jurisprudencia afirma que «la mujer que dedica sus actividades a la prostitución, ejerce actos que la ley permite y reglamenta». A diferencia de la anterior, ahora la prostitución es legal, pero no se va a tolerar. Porque «no porque la ley admita y reglamente la prostitución, puede deducirse que es honesto el trabajo a que se dedica la acusada».

En resumen, la ley no prohíbe la prostitución, pero se le va a perseguir de todos modos mediante el artículo 255 del Código Penal (DF) que sancionaba el delito de vagancia y malvivencia. Aunque la prostitución no sea ninguna de éstas.

Pero tampoco hay que remontarse al pasado para descubrir tonterías. En 1988, todavía se leía que hay personas que tienen «tendencia a la prostitución» o bien que (1997) lo terrible es que la gente «se dedique a la prostitución o a las prácticas homosexuales» (1997) que parecen ser asimilables. Y ni hablar de Agustín Torres -Jefe Delegacional en Cuauhtémoc- cuando en el 2010 tuvo la buena idea de reubicar la oferta de sexoservicio de Buenavista, reglamentar el horario y lo mejor: la vestimenta de las personas que se dedican a esta actividad. ¿Se imagina? Por suerte esta idea delirante nunca se llevó a cabo.

Estas jurisprudencias que a los ojos actuales suenan al menos extrañas expresan mejor que nadie la historia de la política pública de la Ciudad de México en relación con la prostitución. Un camino que se ha caracterizado por ser prejuicioso e ignorante y absurdo. Basado en la persecución sistemática de la oferta y nunca de la demanda que es precisamente lo que hace -por ejemplo, la ley sueca de 1999 que logró reducir la prostitución callejera un 50 por ciento en 10 años persiguiendo a los clientes. Como siempre, todo lo contrario de lo que hacemos en México.

 

=GF=

(Carro Editorial)