El Senado de la República aprobó, con modificaciones, la minuta que expide la Ley General de Protección Civil, que tiene como finalidad establecer las bases de coordinación entre los tres órdenes de gobierno en esta materia.
Asimismo, se fijan los términos y condiciones para que los sectores privado y social participen en la consecución de los objetivos de esta Ley, y prevé la creación de un Atlas Nacional de Riesgos en el que se identifiquen con claridad las zonas de mayor peligro para cada tipo de fenómeno natural.
Con este nuevo ordenamiento se crea el Comité Nacional de Emergencias que será un mecanismo de coordinación de las acciones en situaciones de emergencia y desastre, presidido por el secretario de Gobernación y constituido por los titulares de las dependencias y entidades de la administración pública federal.
Este Comité podrá convocar a sesionar en forma extraordinaria cuando se presenten situaciones extremas de emergencia o desastre, o cuando la probabilidad de afectación por un fenómeno perturbador sea muy alta.
Uno de los aspectos relevantes de esta Ley es la Gestión Integral de Riesgos, que tendrá como objetivo el estudio del riesgo tanto en su origen y evolución, como en los diversos factores que confluyen de orden histórico, económico, social, cultural, entre otros.
Además, se estableció que el Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Hacienda, proveerá los recursos financieros para la oportuna atención de situaciones de emergencia o de desastres, por lo que en caso de que éstos se hayan agotado, se harán las adecuaciones presupuestarias para la atención emergente de la población y la reconstrucción de la infraestructura estratégica.
Aunado a lo anterior y ante el hecho de que los recursos de Fondo de Desastres Naturales son insuficientes para atender las emergencias que se presentan en toda la geografía nacional, se acordó la responsabilidad de los estados y municipios de contratar seguros de riesgos.
Los senadores resolvieron que será la Secretaría de Gobernación, a través de la Coordinación Nacional de Protección Civil, quien administrará y operará los Instrumentos Financieros de Gestión de Riesgos, los cuales se podrán destinar para apoyar la contratación de instrumentos de administración y transferencia de riesgos de las entidades federativas.
Esos recursos, se aclara en el dictamen, serán designados para cubrir el costo de la prima del instrumento contratado para la prevención, atención y recuperación de situaciones de emergencia o desastres.
De igual forma, se reducen los tiempos para la emisión oficial de declaratorias oficiales de desastre natural, ya que una vez presentada la solicitud la autoridad tendrá un plazo de hasta 5 días naturales para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
En este sentido, se fijó el plazo para que gobiernos de las entidades federativas y del Distrito Federal tengan acceso a los recursos tendientes a la atención de desastres, el cual será de hasta 10 días naturales, contados a partir del día en que se publique en el Diario Oficial la declaratoria de desastre.
Los legisladores señalaron que si bien los planes nacionales y las políticas de protección civil han querido dar cabida a la capacidad preventiva y de reacción ante los desastres naturales “es necesario que nuestro país cuente con un marco legal que responda de manera más eficiente a la realidad prevaleciente en el territorio nacional”.
Ello, agregaron, en razón de que el impacto de los desastres naturales hacen a nuestro país altamente vulnerable, por lo que la prevención y atención de las emergencias necesitan de la distribución ágil, eficaz y transparente de los recursos.
Al hablar a favor del dictamen, el senador priista Alfonso Elías Serrano dijo que con la aprobación de este proyecto el Senado cumple con plena responsabilidad y “con gran visión de futuro una exigencia y un reclamo social que señala la necesidad de realizar un nuevo diseño en las políticas públicas en materia de protección civil”.
Resaltó que también se responde a una “evidente urgencia” por redefinir la actuación del Estado mexicano en las tareas de prevención y atención en casos de desastres naturales.
Explicó que con ello se impulsa un cambio de paradigma en torno a la protección civil, ya pasa de una visión en donde se actuaba después de ocurrido el desastre a una de prevención, que obliga a las autoridades a combatir las causas estructurales de los desastres y a fortalecer las capacidades de la sociedad para prevenir, anticipar y enfrentar cualquier eventualidad.
Por su parte, el senador perredista Pablo Gómez Álvarez planteó que “en lugar de servicio militar debería haber servicio de protección civil, y que todas las personas, de cierta edad, estén obligadas a llevar a cabo esta instrucción”.
Consideró que el servicio militar debe estar reservado exclusivamente para situaciones de conflicto bélico internacional, por lo que fuera de eso “debería sustituirse por el servicio de protección civil, por lo motivos que ustedes conocen”.
Estamos seguros –agregó– que las catástrofes van a seguir ocurriendo, de eso no tenemos la menor la duda, por lo que es necesario contar con una sociedad organizada para hacerle frente.
A su vez, la senadora Margarita Villaescusa Rojo comentó que con estas modificaciones las políticas públicas se ceñirán al Plan Nacional de Desarrollo y al Programa Nacional de Protección Civil, con que se dará mayor seguridad a las instituciones ante las posibles contingencias.
La legisladora priista explicó que también se considerará como delito grave el que un funcionario de cualquier nivel apruebe asentamientos humanos en zonas de alto riesgos.
La minuta se devolvió a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.
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