Han pasado más de 24 horas desde que la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió al joven mazahua Hugo Sánchez, un amparo que le otorga libertad inmediata, sin embargo, autoridades penitencias han incurrido en claro desacato a la decisión del máximo tribunal del país, por lo que podrían ser sujetas a responsabilidad penal y administrativa.
Al conocer el fallo de la Corte, la defensa de Hugo –representada por el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh)- ha buscado la libertad del joven a través de la presentación de oficios a las diferentes autoridades directamente responsables de la excarcelación, entre las que se encuentra la dirección del Centro Preventivo y de Readaptación Social de Santiaguito, el Comisionado del Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social de la Secretaría de Seguridad Pública Federal.
Mediante un comunicado, el Centro Prodh señaló que también han informado a la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de la violación a la sentencia de amparo dictada por ella, para que ésta, ejerciendo sus facultades, ordene la liberación inmediata de Hugo Sánchez.
«El hecho de que se encuentre pendiente de resolución un juicio de amparo contra una sentencia del fuero federal no es razón jurídica para mantenerlo recluido, pues suponiendo, sin conceder, que le fuera negado el amparo, no podría aumentarse la pena«.
Ello implica que han transcurrido 3 meses adicionales a la pena de 5 años por dicho delito. Como resulta evidente lo que procede es su liberación inmediata, al haber resuelto la SCJN su inocencia respecto del delito de secuestro. Esa es la razón por la cual desde el Centro Prodh insisten en que las autoridades penitenciarias deben dejar a Hugo Sánchez en libertad de manera inmediata.
Cabe señalar que con esta determinación, la autoridad administrativa federal encargada de la ejecución de penas, invade las facultades del Poder Judicial Federal. Con ello incurre en desacato de una determinación judicial de amparo y en la privación ilegal de la libertad, situaciones que pueden derivar en responsabilidades administrativas y penales.
En otro sentido, recuerdan a la opinión pública y a las autoridades que el Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria de las Naciones Unidas recientemente emitió una recomendación al Estado mexicano para que libere de inmediato a Hugo, se le desvincule del injusto e irregular proceso judicial que se le siguió y, por último repare los daños morales y económicos que ha sufrido Hugo durante estos años.
Por último, denunciaron que algunos funcionarios del Estado de México y del Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social han manifestado públicamente que Hugo Sánchez Ramírez deberá permanecer en prisión “hasta que se resuelva el amparo que quedó pendiente en La Suprema Corte”, e incluso, han expuesto que la vía para conseguir la libertad de Hugo es que el amparo promovido en cuanto al delito de portación ilegal de armas de uso exclusivo del Ejército sea retirado, sin embargo esto sería aceptar que Hugo cometió los delitos que se le imputan, cuando a través de la documentación acuciosa del caso se ha demostrado que se le fabricó un delito por ser joven e indígena.
Estos argumentos de autoridades mexicanas equivaldrían a un chantaje inaceptable que busca crear en la población una percepción errónea del derecho de amparo, dado que el ejercicio de dicho recurso nunca puede operar en perjuicio de la persona que lo solicita, como en el caso de Hugo, bajo el argumento de que dicho amparo fue tramitado hace un año y este tiempo no cuenta como parte de la sentencia de cinco años por la portación ilegal de armas.
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