Avala TEPJF realización de estudio técnico jurídico sobre inclusión de domicilio en credencial de elector

Foto: TEPJF

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó el acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral (CGIFE) por el que solicitó a la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores (DERFE) la realización de un estudio técnico y jurídico sobre la posibilidad de incluir o no, el domicilio del ciudadano de manera impresa en el cuerpo de la credencial para votar con fotografía.

Por unanimidad, los integrantes del Pleno avalaron el resolutivo contenido en el proyecto de sentencia elaborado por la ponencia del magistrado Salvador Nava Gomar, en el cual se señala que la realización de dicho estudio no supone, en modo alguno, la exclusión de la información relativa al domicilio del elector en la credencial para votar, como lo argumentó el Partido Acción Nacional (PAN), quien se inconformó con el acuerdo.

De igual forma, la Sala Superior confirmó el acuerdo del CGIFE por el que se determinó modificar el modelo de credencial para votar con fotografía, el cual fue impugnado por el Partido de la Revolución Democrática (PRD), quien consideró ilegal que en ese documento sea visible el nombre de la calle, número exterior e interior del domicilio del ciudadano, ya que desde su óptica no se cumple con el principio de seguridad en el manejo de los datos personales.

En cuenta sucesiva, se resolvieron los dos recursos de apelación. El magistrado ponente en este último, Flavio Galván Rivera, propuso declarar fundados los agravios presentados por el PRD, ya que estableció que el derecho a la protección de datos impone, a los poderes públicos, el deber de prevenir los riesgos que se puedan derivar del acceso indebido a esa información.

La mayoría de los magistrados manifestó que el acuerdo impugnado por el PRD no precisa de manera definitiva la modalidad en que habrá de incluirse el domicilio del elector en la credencial para votar, lo que dependerá del resultado que arroje el estudio de viabilidad antes mencionado, y sólo prevé modificaciones mínimas al modelo de la credencial.

Al fundamentar su voto, el magistrado presidente, José Alejandro Luna Ramos, indicó que los argumentos del PRD se transformaron en alegaciones inoperantes, en virtud de la instrucción que dio el CGIFE a la DERFE para realizar el mencionado estudio de factibilidad, el cual incluirá una encuesta probabilística con representatividad nacional para conocer la opinión de la ciudadanía sobre el tema.

El magistrado Pedro Esteban Penagos López advirtió que el CGIFE no se ha pronunciado en definitivo sobre la manera en que la dirección del elector debe estar contenida en la credencial para votar; es decir, si debe ir desplegada en el documento, o sólo se le incluya en un código de barras bidimensional, por ese motivo, dijo que el Tribunal Electoral no puede hacer un estudio de fondo sobre el tema, por lo que habrá que esperar a que se realice el estudio de factibilidad y el Instituto emita un nuevo acuerdo con base a sus resultados, decisión que puede ser motivo de impugnación ante el organismo jurisdiccional.

La magistrada María del Carmen Alanis Figueroa se pronunció por confirmar los acuerdos CG732 y CG733 del Instituto Federal Electoral. Precisó que ambos recursos tienen su origen en la modificación al modelo de credencial para votar que el IFE aprobó el 21 de noviembre pasado. Al respecto, señaló que en esa sesión se aprobó el nuevo modelo de credencial, dejando pendiente la determinación de la tecnología de código de barras bidimensional a incluir en el instrumento. En ese sentido, la litis se centra en determinar si los datos del domicilio deben estar visibles o cifrados en la credencial para votar.

La magistrada Alanis señaló que la propia autoridad ordenó al Registro Federal de Electores, el estudio integral (técnico y jurídico) para determinar la viabilidad de ocultar los datos del domicilio, en el que como mínimo deberá incluirse una encuesta representativa nacional para saber la voluntad de la ciudadanía sobre la presencia visible o encriptada de la credencial, así como un acercamiento con las instituciones públicas y privadas que tengan algún vínculo relevante con la utilización de la credencial, para conocer su postura al respecto.

Al acompañar el proyecto, la magistrada Alanis se pronunció a favor de que se continúe con los estudios para, en su caso, definir si se mantiene el modelo de credencial para votar que encripta los datos del domicilio o, si derivado de los resultados del estudio, se determina su modificación.

En su oportunidad, el magistrado Manuel González Oropeza opinó que en el mundo globalizado en el que vivimos, no es el IFE el que va a romper la privacidad de los datos personales del ciudadano, los cuales ya se encuentran en posesión de otras instituciones. Opinó que en el caso de la inclusión de la dirección del elector en la credencial para votar, se requiere de un estudio técnico como el que el Instituto ha ordenado, el cual le permitirá tomar una decisión definitiva sobre el tema.

El magistrado Salvador Nava Gomar se pronunció a favor de dar las facilidades necesarias al IFE para que tome las determinaciones que son de su competencia, como es decidir la manera en que los elementos que debe contener la credencial para votar, que están previstos en el Código Federal de Instrumentos y Procedimientos Electorales (COFIPE), deben ser presentados. “Dejemos a la autoridad administrativa hacer su trabajo. La deliberación entre más amplia e informada sea, permite llegar a decisiones más justificadas”, dijo.

El magistrado Constancio Carrasco Daza recordó que en el artículo 200 del COFIPE se establece que la credencial para votar deberá contener, cuando menos, diversos datos del elector, entre ellos el domicilio, lo cual, apuntó, no está a debate, pues la discusión se centra en si esos datos deben aparecer de manera expresa en el documento o a través de un código de barras. Reconoció que el estudio de factibilidad prevé la realización de una encuesta nacional para que los ciudadanos expresen su opinión sobre ese tema.

El magistrado Flavio Galván Rivera coincidió, finalmente, con el resolutivo propuesto en el proyecto del magistrado Nava Gomar; pero no con las consideraciones por las que se llegó a tal resolución.