Cofetel emite cambios sobre regulación para operadores con poder sustancial en el mercado de enlaces

Foto: COFETEL

 

El Pleno de la Comisión Federal de Telecomunicaciones (COFETEL) acordó ayer realizar cambios al Anteproyecto sobre las Obligaciones Específicas de carácter general, en materia de tarifas, calidad e información, que se aplicarán a aquellos concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones que tengan poder sustancial en los mercados mayoristas de servicio de arrendamiento de enlaces dedicados locales, de larga distancia nacional, de larga distancia internacional e interconexión.

Con dichas modificaciones se da respuesta al Dictamen Total no Final emitido por la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (COFEMER), el 14 de noviembre de 2011, en el que esta autoridad solicitó a la COFETEL pronunciarse respecto a sus observaciones y recomendaciones, así como de los comentarios realizados por algunos concesionarios y por la Comisión Federal de Competencia (COFECO) sobre la regulación propuesta.

Los ajustes aprobados por los integrantes del Pleno de la Comisión, con cuatro votos a favor y uno en contra, consisten en disminuir los plazos de entrega de los enlaces por parte del operador que sea declarado con poder sustancial en ese mercado, así como distinguir entre los enlaces locales y de larga distancia.

En materia de tarifas, se decidió realizar el cálculo de los precios con base en una metodología de costos evitados, tratándose de los enlaces locales, de larga distancia nacional y larga distancia internacional, mientras que en el caso de los enlaces de interconexión se mantiene la utilización de una metodología de Costos Incrementales promedio de Largo Plazo.

Respecto a la obligación que tendrán los operadores que sean declarados con poder sustancial en este mercado de hacer una Oferta de Referencia de Enlaces, la COFETEL especificó el mecanismo para su aprobación, y el establecimiento de fechas para que ésta sea presentada.

Otra de las modificaciones aprobadas por el Pleno consiste en detallar los procedimientos de entrega de enlaces, así como el cálculo de las penalidades aplicables a los concesionarios sujetos a esta regulación, cunado incumplan con los niveles de los parámetros de calidad de los servicios ofrecidos.

Una vez que la Cofemer emita el Dictamen Final, esta Comisión estará en posibilidad de publicar en el Diario oficial de la Federación (DOF), a fin de que entren en vigor, las Obligaciones Específicas que deberán cumplir los operadores que sean declarados por la COFECO con poder sustancial en el mercado de enlaces dedicados.

El establecimiento de esta regulación tiene como objetivo evitar que se presenten conductas que dañen el desarrollo de una competencia equitativa, o que perjudiquen a los consumidores, mediante la fijación de precios arbitrariamente altos en servicios que se proporcionan a otros concesionarios de telecomunicaciones en mercados con potencial competitivo limitado, y que no se degrade la calidad de servicio de elementos de la red de telecomunicaciones que son utilizados por otros competidores.