Organizaciones de la Sociedad Civil presentaron el 25 de octubre pasado ante la Secretaría de la Función Pública (SFP) una denuncia en contra de la delegada de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) en el estado de Quintana Roo, Gabriela Lima Laurents, por eximir ilegalmente al hotel Moon Palace de Cancún de la obligación de presentar la Manifestación de Impacto Ambiental correspondiente para la construcción de seis muelles en el Parque Nacional Arrecifes de Puerto Morelos.
El Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA), grupo GEMA, Teyeliz y el movimiento ciudadano Voces Unidas de Puerto Morelos, solicitaron a la Función Pública que se instaure procedimiento administrativo disciplinario en contra de Gabriela Lima Laurents, por haber permitido ilegalmente que la Sociedad denominada Inmobiliaria Puerto Bonito S.A. de C.V. se abstuviera de presentar una Manifestación en materia de Impacto ambiental para realizar la rehabilitación de las obras del proyecto «Ampliación del Hotel Moon Palace» -cuyo permiso fue otorgado en 1997-, cuando en realidad no se trata de «rehabilitación» de obras previamente autorizadas en la Manifestación anterior, sino de la construcción de una obra completamente nueva, que además tendrá un fuerte impacto sobre la zona.
El hotel Moon Palace, localizado en el kilómetro 340 de la carretera federal Chetumal-Cancún, pretende construir una pasarela de tres metros de ancho por trescientos treinta de largo, al final de la cual serán colocados cuatro bandas de atraque en forma rectangular, dos de 75 metros de largo y otras dos de 48 metros por tres de ancho, y la construcción de seis muelles interiores de un metro por veinte centímetros de ancho por veinte metros de largo, y dos muelles de un metro con 20 centímetros de ancho por cuarenta metros de largo.
Lo autorizado en materia de impacto ambiental para el desarrollo y operación del proyecto «Ampliación del Hotel Moon Palace», dentro de la política ecológica establecida por el Ordenamiento Ecológico del Corredor Cancun-Tulum contempla, en una primera etapa, un hotel con 411 cuartos, doce villas de dos pisos, así como instalaciones de apoyo, que incluyen alberca, área de asoleadero, teatro al aire libre, dos canchas de tenis, una cancha de basquetbol, estacionamiento para 110 autos, muelle de madera, planta de tratamiento de aguas residuales, planta desalinizadora, panadería, lavandería, cocinas, cuartos de depósito de residuos sólidos y pórticos de acceso. Para la segunda etapa se autorizó la construcción de 214 cuartos de hotel y 34 cajones de estacionamiento.
Alejandra Serrano, directora de la oficina Sureste del CEMDA, señaló que, «claramente se ve que en dicha autorización no está contemplada la construcción de seis muelles, por lo que Gabriela Lima Laurents contravino la legislación aplicable al emitir ilegalmente el Aviso de no Requerimiento a obras distintas a las contempladas en el proyecto».
Asimismo, por el tipo de obras, las magnitudes y por la ubicación de las mismas, éstas debieron ser evaluadas conforme al Decreto por el que se declara Área Natural Protegida (ANP), con el carácter de Parque Nacional, la región denominada «Arrecife de Puerto Morelos», en Quintana Roo.
Al respecto, cabe señalar también que las reglas administrativas del Programa de Manejo de dicha ANP señalan que está prohibido, entre otras cosas «instalar o anclar plataformas o infraestructura de cualquier índole que afecte las formaciones coralinas»; así como «construir muelles, embarcaderos, atracaderos o cualquier infraestructura portuaria o de otra índole en el área marina próxima a las formaciones arrecifales».
Sobre este punto, Alejandra Serrano expresó que «a pesar de lo que refiere la ley, en ningún apartado del ilegal Aviso de No Requerimiento de Manifestación de Impacto Ambiental de fecha 9 de julio de 2012, la Delegada menciona o toma en cuenta el Decreto o el Programa de Manejo Área Natural Protegida».
La sociedad civil dará puntual seguimiento a dicha denuncia en espera de que la Secretaría de la Función Pública atienda lo expuesto anteriormente, toda vez que resulta fundamental impedir que las autoridades encargadas de velar por el cumplimiento de la legislación y la protección del medio ambiente avalen la construcción irregular de obras bajo argumentos falsos e ilegales.
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