Montreal, Canadá. El 9 de octubre de 2012, el Secretariado de la Comisión para la Cooperación Ambiental (CCA) entregó al Consejo de la CCA —integrado por los ministros de medio ambiente de América del Norte— un informe (conocido como “expediente de hechos”) en torno a la petición SEM-03-003 (Lago de Chapala II), presentada ante el Secretariado el 23 de mayo de 2003 por el Instituto de Derecho Ambiental, la Fundación Lerma-Chapala-Santiago-Pacífico, la Sociedad Amigos del Lago de Chapala, el Comité Pro-Defensa de Arcediano, Amigos de la Barranca, Ciudadanos por el Medio Ambiente, Amcresp, Red Ciudadana y residentes de la comunidad de Juanacatlán, Jalisco, México (los Peticionarios).
En la petición se sostiene que México está incurriendo en omisiones en la aplicación efectiva de las siguientes disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA): artículos 5: fracción XI y 133, con respecto a la preservación de la calidad de aguas nacionales y el monitoreo sistemático y permanente en las cuencas del lago de Chapala y los ríos Santiago y Verde; artículos 5: fracción XVI, 18 y 157, en lo tocante a garantizar la participación ciudadana efectiva en materia de calidad del agua; artículo 78, por cuanto a la formulación de programas de zonas de restauración ecológica, y artículos 161 y 170, en lo concerniente a los actos de inspección y vigilancia. También en materia de inspección y vigilancia, se plantean supuestas omisiones en la aplicación del artículo 9: fracciones I y XIII de la Ley de Aguas Nacionales (LAN).
En la elaboración de este expediente de hechos, el Secretariado consideró tanto la petición como la correspondiente respuesta de la Parte, al igual que información recogida de manera independiente.
El Secretariado administra el procedimiento establecido en los artículos 14 y 15 del Acuerdo de Cooperación Ambiental de América del Norte (ACAAN), que permite al público presentar una petición en la que se asevere que una Parte del ACAAN (Canadá, Estados Unidos o México) está incurriendo en omisiones en la aplicación efectiva de su legislación ambiental.
Un expediente de hechos tiene como finalidad presentar de manera objetiva los hechos relacionados con las aseveraciones planteadas en una petición y permitir así a los lectores sacar sus propias conclusiones respecto a la aplicación de la legislación ambiental de la Parte aludida. Si bien no debe incluir conclusiones o recomendaciones, se espera que un expediente de hechos ofrezca una exposición general y sucinta sobre los antecedentes del asunto planteado en la petición; las obligaciones legales aplicables a la Parte de que se trate, y las medidas que ésta ha tomado para cumplir con dichas obligaciones.
Una vez recibido el expediente final de hechos, el Consejo de la CCA, mediante el voto de las dos terceras partes de sus miembros, podrá decidir ponerlo a disposición del público. Esto deberá suceder normalmente dentro de los 60 días hábiles posteriores a la entrega al Consejo de la versión final del expediente de hechos.
Si desea obtener más información al respecto, visite la página sobre peticiones relativas a la aplicación efectiva de la legislación ambiental.
Acerca de la CCA
La Comisión para la Cooperación Ambiental (CCA) es una organización intergubernamental que apoya la agenda ambiental conjunta de Canadá, Estados Unidos y México para hacer más sustentable la economía de América del Norte, hacer frente al cambio climático mediante el fomento de economías bajas en carbono y proteger el medio ambiente y la salud de sus habitantes. La CCA está integrada por tres órganos: un Consejo en el que están representados los gobiernos de los tres países; un Comité Consultivo Público Conjunto (CCPC) que asesora al Consejo y funge como enlace con la ciudadanía, y un Secretariado que respalda al Consejo y al CCPC, además de elaborar informes independientes. La CCA congrega a los gobiernos, la sociedad civil y el sector empresarial para crear soluciones innovadoras a escala de América del Norte frente a los desafíos ambientales de alcance mundial. Más información en <www.cec.org>.
Las iniciativas de la CCA se realizan con el apoyo financiero de los gobiernos de: Canadá, a través del ministerio federal de Medio Ambiente; los Estados Unidos de América, a través de la Agencia de Protección Ambiental, y los Estados Unidos Mexicanos, mediante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
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