EPN discrimina a medios comunitarios e indígenas

Aleida Calleja Foto: César Martínez López CIMAC

Aleida Calleja
Foto: César Martínez López
CIMAC

La iniciativa de Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión presentada por el Ejecutivo contraviene la Constitución porque mantiene los privilegios de los actuales concesionarios de radio y televisión, discrimina a los medios comunitarios e indígenas, e ignora a los medios públicos, afirmó la experta Aleida Calleja.

La coordinadora del Observatorio Latinoamericano sobre Regulación, Medios y Convergencia explicó que las leyes reglamentarias contravienen la reforma constitucional expedida en junio de 2013, que crea un sistema público de radio y TV con autonomía operativa y de gestión, lo que significa que no tendría que estar sectorizado a ninguna institución del Ejecutivo.

Sin embargo la propuesta del gobierno de Enrique Peña Nieto sectoriza este sistema a la Secretaría de Gobernación (Segob), con lo cual le quita la posibilidad de tener autonomía e independencia editorial, como lo estableció la reforma constitucional de telecomunicaciones y radiodifusión en uno de sus artículos transitorios.

Calleja recordó que según el artículo décimo transitorio de la reforma constitucional, los medios públicos deberían contar con independencia editorial, autonomía de gestión financiera, garantías de participación ciudadana, reglas claras para la transparencia y rendición de cuentas, defensa de sus contenidos, opciones de financiamiento, pleno acceso a tecnologías, y reglas para la expresión de diversidades ideológicas, étnicas y culturales.

“Todo eso, obviamente no se cumple en la legislación, y además genera condiciones para que dependan exclusivamente del presupuesto federal. Las vías alternativas que les ponen de financiamiento no son las suficientes. Además no hay ningún sólo artículo de la iniciativa que presente esas garantías de participación, reglas claras de rendición de cuentas, etcétera”, recalcó.

En cuanto a los medios comunitarios e indígenas, la especialista señaló que la iniciativa contraviene varios preceptos, como el que plantea el artículo 28 constitucional que señala que las concesiones de uso público y social se darán por asignación directa, es decir que se otorgarán a petición de parte.

No obstante, la propuesta del Ejecutivo indica que los medios de uso social podrán acceder a las condiciones de uso hasta que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) emita una convocatoria que contendrá requisitos, entre los que destaca que la Comisión Nacional de Inversión Extranjera deberá dar una opinión favorable.

“La ley está llena de esos criterios, conceptos discrecionales, que dan lugar a una incertidumbre jurídica. En este caso poner los mismos requisitos para los medios públicos y los medios de uso social es tanto como querer ignorar que los medios públicos, que son instituciones del Estado, tienen mucho mejores condiciones para acceder a las frecuencias en términos económicos y técnicos”, explicó.

Calleja criticó que los medios de comunidades indígenas o campesinas reciban un trato igual cuando compiten con entidades que tienen mayores recursos, lo cual es contrario al principio jurídico de igualdad ante la ley.

Otro ejemplo de la discriminación es que el órgano regulador otorgará concesiones únicas de 30 años, para medios comerciales de 20, y para los sociales, que no son lucrativos, sólo por 15 años.

Indicó que como sucedía con la extinta Comisión Federal de Telecomunicaciones ahora podrían repetirse las facultades discrecionales para que cada vez que se solicite un permiso de transmisión la autoridad no dé una respuesta en un plazo perentorio, como se ha visto cuando las radios comunitarias pasan años en procesos judiciales solicitando la autorización.

En este tema mencionó que en el capítulo de sanciones la iniciativa establece que quien transmita sin autorización tendrá multas de 80 a 8 millones de salarios mínimos lo cual calificó como un exceso.

“Es una brutalidad porque por un lado no genera las condiciones equitativas para el acceso a las frecuencias, y por otro quien lo haga tendrá un castigo realmente fuerte, entonces es peor porque endurece los castigos”.

Es por ello que la ex presidenta de la Asociación Mexicana de Derecho a la Información (Amedi) señaló que la iniciativa que se analiza en el Senado mantiene los privilegios de las actuales concesiones en TV y radio, “es omisa y violatoria de todos los derechos relacionados con la información, no fomenta el pluralismo y la diversidad, y contraviene diversos artículos constitucionales”.

Sobre los contenidos, la especialista indicó que la Constitución es clara al mencionar que el Ifetel es el encargado de vigilar los derechos de las audiencias, pero la propuesta del Ejecutivo dejó esta facultad a los concesionarios al señalar que deberán contar con códigos de ética y defensores de audiencias, lo cual significa que no hay obligatoriedad ni sanciones para quien viole esos derechos.

Por si fuera poco, destacó Aleida Calleja, se deja a la Segob la regulación de los contenidos, lo que implica que cualquier concesionario de radio o TV podrá ampararse ante las decisiones de la dependencia y podrá obtener la suspensión de la resolución y con ello evadir la ley.

Esto no sucedería si el Ifetel tuviera esta facultad de regulación porque en esta institución no opera el amparo directo ni la suspensión de la sanción, es decir, todo lo que sea resolución del Ifetel es una determinación que por ley constitucional no se podrá suspender.

La tarde de este lunes las comisiones de Comunicaciones y Transportes, de Radio, Televisión y Cinematografía, y de Estudios Legislativos se instalarán en sesión permanente para iniciar el análisis de la iniciativa.

Del 2 al 4 de abril próximo se realizarán audiencias públicas para escuchar las opiniones de especialistas, y del 7 al 11 de abril se discutirá la propuesta entre los grupos parlamentarios.

 

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(CIMAC)