Esperan creación de tribunales financieros

Foto: El Universal

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Con la Reforma Financiera, se modificaron las leyes del Código de Comercio, además de las recientes resoluciones de jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), las cuales buscan que cualquier institución financiera pueda embargar de forma más rápida los activos que se hayan quedado como garantía de pagos de un crédito y hasta la nómina de un trabajador; sin embargo, aún está pendiente la creación de los tribunales especializados que llevarán este tipo de casos, los cuales supondrían una mejor impartición de justicia en este tema y de forma más expedita.

Las modificaciones planteadas al Código de Comercio, en el Artículo 1055 Bis establecen que “Cuando el crédito tenga garantía real, el acreedor, a su elección, podrá ejercitar sus acciones en juicio ejecutivo mercantil, ordinario, especial, sumario hipotecario o el que corresponda, de acuerdo a esta Ley, a la legislación mercantil o a la legislación civil aplicable, conservando la garantía real y su preferencia en el pago, aun cuando los bienes gravados se señalen para la práctica de la ejecución”.

La SCJN sentó jurisprudencia a finales de marzo al determinar que es posible embargar parte de la nómina si se enfrenta un particular con un banco en un juicio civil, la cual se aplicará como precedente en los casos que se lleven en los juzgados locales. El embargo procede por 30% del excedente del salario mínimo del trabajador, es decir que por un sueldo de 10 mil pesos, se puede embargar 2 mil 386 pesos.

De acuerdo con la Asociación de Bancos de México (ABM), la nueva normatividad establecida en la Reforma Financiera no está destinada a los deudores de tarjetas de crédito o de créditos de nómina, ya que estos no dejan en garantía ningún activo a recibir la tarjeta o el financiamiento, sino a los créditos empresariales, los cuales son de más monto y si dejan una garantía.

Mientras que la resolución tomada en la SCJN, a decir de los bancos, sólo es una herramienta jurídica, pero que esto no significa que se cambiará la forma de cobrar de los bancos ni que se inicie una oleada de embargos de nómina.

Javier Arrigunaga, presidente de la ABM comentó, “La jurisprudencia que se estableció en la corte tiene que ver, digamos, con la posibilidad del embargo de las nóminas; puede ser una decisión con alto valor jurídico, pero no cambia en general las definiciones o prácticas de cobranza de las instituciones, No es como que de repente nos vayamos a volcar a embargar las cuentas”.

Tribunales especializados

Para evitar que los juzgados federales se saturen de casos y se tenga una mayor especialización del tema, en la Reforma Financiera se establece la creación de los tribunales de distrito mercantiles, los cuales deberán ver el asunto de las controversias en las que existe una garantía de pago.

A pesar de que el beneficio de un tribunal especializado para acelerar el cobro de garantías va en beneficio directo para los bancos, estos están conscientes de que en las Cámaras del Congreso y en el mismo Poder Judicial se tienen otras reformas que se discuten y se aplican en paralelo, lo que puede demorar la creación de las salas especializadas.

Miguel Casillas, economista en jefe del grupo financiero Banorte, aseguró, “Sabemos que la creación de los tribunales y la capacitación de los jueces llevará su tiempo, así como el que se discuten otros temas al mismo tiempo que se están discutiendo otras reformas importantes en el país, por lo que tenemos que tener paciencia y esperar los cambios en el mediano plazo”.

La preparación de los jueces y de las salas correrá a cargo del Consejo de la Judicatura Federal, el cual aún está desarrollando el proyecto de creación de estos tribunales y la preparación del personal de apoyo.

“Los resultados serán positivos, pero la capacitación de los jueces y la instalación de las salas llevarán un proceso tan rápido como se desearía, debido a a complejidad técnica de los casos”, señala la consultora Deloitte.

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(El Universal)