Ciudadanas del municipio oaxaqueño de San Bartolo Coyotepec interpusieron un recurso de inconformidad ante el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), para invalidar la asamblea comunitaria en la que se negó su derecho a ocupar cargos de representación popular.
Abigaíl Vasconcelos, quien forma parte del grupo de mujeres que presentó la impugnación, denunció que fue amenazada de muerte por encabezar esta lucha por el derecho político de las mujeres a ser electas. “Me dijeron: ‘Llevas ese documento y te vamos a romper toda tu…’”, acusó.
La ciudadana indicó también que en más de una ocasión ha recibido llamadas telefónicas intimidatorias.
Vasconcelos señaló que a pesar de las amenazas continuará el trámite legal hasta las últimas instancias “porque no estoy cometiendo ningún delito, estoy a favor de que las mujeres tengan sus derecho en San Bartolo”, sostuvo.
Ante las intimidaciones, algunas mujeres desistieron de su lucha por hacer valer su derecho constitucional. Quienes continúan son responsabilizadas por la presunta “ingobernabilidad” en el municipio. Ellas advirtieron que, en represalia, los varones de la comunidad podrían cancelar sus servicios básicos.
El pasado 20 de octubre, pocos días después de que en todo el país se conmemoraron los 60 años de la conquista del derecho al voto femenino, en asamblea comunitaria los hombres de Coyotepec prohibieron la participación de las mujeres como candidatas a las regidurías, sindicatura y alcaldía, “por respeto a los usos y costumbres de la comunidad”.
Ante la violación de sus derechos políticos, las mujeres de la localidad de Coyotepec –ubicada a sólo 15 kilómetros de la ciudad de Oaxaca, capital del estado–, se declararon en desobediencia civil y advirtieron que no participarán como integrantes en los comités de educación, salud y ecología en el próximo trienio.
Acción legal
El recurso de inconformidad fue dirigido a la directora de Sistemas Normativos Internos del IEEPCO, Gloria Zafra, con el respaldo de más de 40 firmas de ciudadanas de San Bartolo Coyotepec.
En el documento entregado al órgano electoral local se argumenta la violación al Catálogo Municipal de Usos y Costumbres de Coyotepec, que en el apartado III establece que las mujeres de la comunidad tienen la obligación de prestar servicios y pueden desempeñar cargos comunitarios o municipales.
El apartado dice: “Pudiendo ocupar los cargos de concejales al ayuntamiento tanto hombres como mujeres”.
De la misma manera, las inconformes invocaron la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que en su título II, artículo 15, establece como violencia comunitaria todos los actos individuales y colectivos que transgreden derechos fundamentales de las mujeres y propicien su denigración, discriminación o exclusión del ámbito público.
Otra base del recurso de inconformidad es la Convención de Belém do Pará, que en su artículo cuarto establece: “Toda mujer tiene el derecho al reconocimiento, goce, ejercicio y protección de todos los Derechos Humanos y a las libertades consagradas por los instrumentos regionales e internacionales sobre Derechos Humanos”.
El inciso J de la misma convención estipula el derecho de las mujeres a tener igualdad de acceso a las funciones públicas de su país, y a participar en los asuntos públicos, incluyendo la toma de decisiones.
=CL=
(CIMAC)
Comentarios recientes