El Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal (InfoDF) ordenó a la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal (SSPDF) que informe a un particular que lo solicitó, cuáles son las disposiciones normativas y administrativas vigentes que regulan el Programa Conduce sin Alcohol, mejor conocido como alcoholímetro.
Al resolver el recurso de revisión SIP.0252/2012, presentado ante el InfoDF por un particular que consideró imprecisas y escuetas las respuestas que dio el ente obligado a cinco cuestionamientos sobre dicho Programa, el Instituto consideró que se había dado satisfacción a cuatro de los requerimientos luego de que la Secretaría de Seguridad Pública emitió información complementaria durante la integración del expediente.
Ordenó por ello a la SSPDF modificar su respuesta original y emitir otra en la que informe al particular las disposiciones que regulan dicho Programa que estaban vigentes en el momento de la solicitud, toda vez de que la disposición jurídica mencionada quedó sin efectos por la publicación de un Acuerdo diverso al señalado.
Entre las respuestas que dio el ente obligado se encuentran: el procedimiento para cumplimentar la sanción consistente en arresto una vez que se agotó el juicio de amparo; los mecanismos implementados por la Secretaría para que los ciudadanos conozcan el Programa Conduce sin Alcohol; el total de las personas que se ampararon para no cumplir el arresto y cuántas optaron por cumplir con esta sanción.
De este último cuestionamiento, la SSPDF informó al recurrente que en el periodo julio-diciembre de 2011 se ampararon mil 40 conductores que se hicieron acreedores al arresto por conducir con niveles de alcohol en sangre superiores al límite permitido o bajo el influjo de narcóticos.
Respecto del número de personas que optaron por cumplir el arresto, el ente obligado orientó al recurrente para que presentara su solicitud de información ante la Consejería Jurídica y de Servicios Legales del gobierno capitalino.
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