La Junta de Coordinación Política dio a conocer el procedimiento que deberán seguir las comisiones de Hacienda y Crédito Público, de Presupuesto y Cuenta Pública y de Energía de la Cámara de Diputados para el análisis y discusión de las iniciativas del Ejecutivo, por las que se expiden, reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones en materia energética.
El documento refiere que el pasado 30 de abril, el Ejecutivo federal remitió al Congreso de la Unión este paquete que contiene nueve iniciativas con proyectos de decreto. De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 72 de la Constitución, tres de ellas, en materia fiscal, impositiva y hacendaria, fueron enviadas para iniciar su proceso legislativo en la Cámara de Diputados como cámara de origen.
En la sesión del Pleno del 30 de abril, el presidente de la Cámara de Diputados, José González Morfín, dio trámite a las propuestas. La iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos y reforma diversas disposiciones de las leyes Federal de Derechos y de la de Coordinación Fiscal, se turnó a las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público y de Energía.
La propuesta que expide el Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo, se envió a las comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Energía.
La tercera iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y de la Ley General de Deuda Pública, se canalizó a las comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública y de Energía.
El acuerdo, publicado hoy en la Gaceta Parlamentaria, señala que los coordinadores de los grupos parlamentarios reconocen la importancia y trascendencia económica y social de la reforma secundaria en materia energética.
Manifiestan su firme compromiso a garantizar que el análisis por parte de las comisiones dictaminadoras, se desarrolle de la manera más amplia, publica y transparente posible ante la sociedad mexicana, asegurando, con estricto apego a los procedimientos establecidos en el Reglamento de la Cámara de Diputados y en un marco de plena certeza y certidumbre jurídica, su oportuna dictaminación, para que el Pleno esté en posibilidades de tomar las decisiones que legal y constitucionalmente le corresponden.
Por ello, en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica del Congreso General, la Jucopo decidió dirigirse a las juntas directivas e integrantes de las comisiones respectivas, a fin de solicitarles que adopten el procedimiento que reconozca los elementos planteados.
Para iniciar el proceso de análisis y discusión de las iniciativas, las comisiones deberán convocarse y, preferentemente, declararse en sesión permanente, en los términos de lo señalado por el artículo 171 del Reglamento de la Cámara de Diputados.
Precisó que el estudio y discusión de las reformas se realizará atendiendo un análisis amplio y debate público en las comisiones dictaminadoras, las cuales determinarán la realización de al menos siete sesiones de trabajo dedicadas al análisis amplio sobre el contenido de las iniciativas.
Preferentemente, estas sesiones podrían llevarse a cabo de la siguiente manera: las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público y de Energía, se reunirían el jueves 29 de mayo y el 5, 12, 17 y 19 de junio. Asimismo, las comisiones unidas de Presupuesto y Cuenta Pública y de Energía, el 3 y 10 de junio.
Se resalta que estas sesiones de trabajo deberán ser transmitidas de manera íntegra, en vivo y en directo por el Canal del Congreso y de las versiones estenográficas de las mismas publicadas en un sitio preferente y visible en la página de internet de la Cámara de Diputados.
La siguiente etapa sería la preparación del dictamen. De manera simultánea a la realización de las reuniones de análisis y debate público, los diputados y diputadas integrantes de las comisiones dictaminadoras deberán hacer llegar a sus respectivos presidentes la lista de los artículos en los que no se presenten o formulen propuestas de modificación, de manera que puedan ser considerados para ser aprobados en sus términos.
También presentarán la lista de los artículos reservados para su discusión y para los que se proponga una alternativa distinta de redacción. En este caso, por cada artículo señalado, se entregará la nueva propuesta de redacción, señalando claramente el texto original y la nueva redacción.
El documento refiere que la Ley Orgánica del Congreso General establece que la Jucopo es la expresión de pluralidad de la Cámara; por tanto, es el órgano colegiado en el que se impulsan entendimientos y convergencias políticas con las instancias y órganos que resulten necesarios a fin de alcanzar acuerdos para que el Pleno esté en condiciones de adoptar las decisiones que constitucional y legalmente le corresponden.
La misma ley señala que a este órgano de gobierno le toca impulsar la conformación de acuerdos relacionados con el contenido de las agendas presentadas por los distintos grupos parlamentarios y con el contenido de las propuestas, iniciativas o minutas que requieran de su votación en el Pleno, a fin de agilizar el trabajo legislativo.
Se menciona que el 20 de diciembre de 2013 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política en materia energética, en el cual se estableció la obligación del Congreso de la Unión de realizar las adecuaciones necesarias al marco jurídico, a fin de hacer efectivas dichas reformas.
=Cámara de Diputados=
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