A tres meses de la reforma al Reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV) –a fin de hacer operable la Alerta de Violencia de Género (AVG)–, el mecanismo de emergencia no puede ser puesto en marcha.
Desde el 25 de noviembre de 2013 –fecha en que se publicó la reforma– no es posible presentar una solicitud de declaratoria de AVG, pues todavía no se define el procedimiento para elegir a las integrantes de los grupos de trabajo estatales que ahora determinarán la procedencia de las alertas.
En entrevista con Cimacnoticias, Pablo Navarrete Gutiérrez, coordinador de Asuntos Jurídicos del Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres), explicó que los lineamientos que regirán a los grupos de trabajo y la convocatoria para su conformación están en proceso de revisión ante la Secretaría de Gobernación (Segob).
Lo que implica que actualmente no puedan ser presentadas solicitudes de AVG por parte de las organizaciones civiles que buscan detener la violencia de género en sus estados, pues no existen los grupos que determinen su procedencia.
Antes de la reforma al reglamento, el Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (SNPASEVM) –conformado por los institutos estatales de la Mujer y dependencias federales– era el encargado de determinar la procedencia de una investigación sobre violencia feminicida en un territorio determinado, que podría culminar o no en una declaratoria de AVG.
De 2009 a 2013 el sistema negó la procedencia de seis solicitudes de AVG, por lo que hasta ahora se desconoce cómo opera el mecanismo de acción colectiva entre todos los niveles de gobierno para detener la violencia de género.
Pablo Navarrete reconoció que al estar integrado por representantes de gobierno, en el SNPASEVM prevalecieron intereses partidistas que impidieron las declaratorias de AVG.
En ese sentido, el abogado del Inmujeres apuntó que la reforma fue pensada para eliminar la injerencia del Sistema en la determinación de la AVG, y “ahora serán los criterios técnicos y científicos, no políticos, los que determinen la emisión o no de la alerta”.
Reforma entrampada
Con la reforma al Reglamento de la LGAMVLV se definió la existencia de un grupo de trabajo en cada entidad federativa, que analizará las solicitudes que lleguen a presentarse dentro del territorio de su competencia.
Por conducto de la Secretaría de Gobernación (Segob), el grupo emitirá recomendaciones de acción emergentes a los gobiernos locales y municipales involucrados en la solicitud, y en caso de que determinen que estas recomendaciones no se implementaron su opinión será la base para que la Segob emita la alerta.
De acuerdo con el artículo 36 del reformado reglamento, cada grupo de trabajo se conformará por un representante del Inmujeres – quien coordinará las labores–, otro de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres (Conavim) –instancia de la Segob–, y un representante de la Comisión Nacional de Derechos Humanos.
También se conformará por dos académicas locales y dos académicas de universidades nacionales especialistas en violencia de género, además de un representante del Instituto estatal de la Mujer. Cabe aclarar que activistas y defensoras humanitarias no podrán participar en la convocatoria, según estipula el mismo reglamento.
Navarrete explicó que para evitar que haya diversas convocatorias para integrar los grupos de trabajo cada vez que exista una solicitud de AVG y a fin de que cuenten con legitimidad, el Inmujeres definió la publicación de una sola convocatoria a nivel nacional para conformar los 32 grupos que funcionarán por un periodo de dos años.
Con ello se busca que las universidades nacionales y locales participen en la convocatoria, postulando a las expertas que consideren cubren el perfil requerido.
Sin precisar una fecha posible para la publicación de la convocatoria, el funcionario agregó que la integración final de los grupos de trabajo estará en manos del Inmujeres y la Conavim, pues estas instancias conforman el grupo de elección final.
Actualmente la convocatoria está en un proceso de revisión por parte de la Segob y en “cuanto quede lista” será publicada en el Diario Oficial de la Federación; será hasta que se integren los grupos de trabajo que las solicitudes de AVG puedan ser presentadas, precisó Navarrete.
Al ser cuestionado sobre los señalamientos de organizaciones defensoras de Derechos Humanos (DH), que sostienen que el nuevo reglamento excluye a las solicitantes de las AVG, el abogado sostuvo que las agrupaciones civiles podrán estar presentes como “invitadas” del grupo de trabajo.
El nuevo reglamento define que el grupo de trabajo “podrá invitar al organismo de protección de los DH de la entidad federativa que corresponda, así como expertos independientes”, y además se podrán invitar como observadores a organismos internacionales en materia humanitaria.
Informó además que las recomendaciones y acciones que sean definidas por el grupo de trabajo serán publicadas en las páginas web del Inmujeres y Conavim, para así darle transparencia a las decisiones acordadas.
Cabe destacar que el reglamento modificado establece dos momentos para emitir la AVG. Cuando la entidad federativa no acepte las conclusiones del grupo de trabajo, la alerta se emitirá en un plazo no mayor a cinco días, y cuando en un plazo de seis meses el grupo considere que las acciones ordenadas no se implementaron.
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(CIMAC)
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