La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad una minuta que reforma las leyes para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y General de Educación, para que los formatos o documentos análogos de cualquier trámite utilicen el término “apellido o apellidos”, a fin de evitar la discriminación en el registro de los nombres de los hijos de las madres solteras.
Las reformas avaladas con 435 votos a favor, fueron devueltas al Senado de la República para los efectos del artículo 72 constitucional.
Al fundamentar el dictamen, la diputada del PRI Adriana Hernández Iñiguez, presidente de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, explicó que la reforma estriba en obligar a la autoridad administrativa a adecuar formatos o documentos necesarios para realizar cualquier trámite, con la finalidad de evitar la existencia de distinciones entre las personas que tienen ambos apellidos, de las que tienen un solo apellido.
Refirió que de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), al día de hoy existen 4.5 millones de madres solteras que representan el 9.5 por ciento del total de mamás del país. Por ello, dijo, se busca reconocer y respetar el ejercicio del derecho de identidad de niñas, niños y adolescentes, para que en su acta de nacimiento sean registrados con los apellidos del progenitor que los reconozca y se utilicen para este caso el término apellido o apellidos.
Precisó que se reforma el artículo 22 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y se adiciona una fracción XIII Bis al artículo 33 de la Ley General de Educación, para hacerlos armónicos, congruentes y compatibles con el artículo 58 del Código Civil Federal que actualmente establece las características y especificidades de las actas de nacimiento, las cuales deben contener el nombre y apellidos que le correspondan.
El diputado de Nueva Alianza José Angelino Caamal Mena resaltó que con la modificación se avanza en la eliminación de la discriminación por la jerarquización de los apellidos de las niñas y niños.
Por su parte, la diputada Zuleyma Huidobro González, Movimiento Ciudadano, refirió que en ocasiones los niños no son registrados con sus dos apellidos, solamente con uno; “inclusive se les denomina hijos de padres desconocidos, hijos adulterinos, incestuosos, expósitos y abandonados, así como adoptivos y de concubinato, entre otros calificativos”.
Consideró que las reformas representan avances en trámites administrativos, pero para evitar la discriminación en niñas, niños y adolescentes se tienen que emprender acciones más contundentes. “Es fundamental que en nuestro Código Civil se plantee la no discriminación de niñas, niños y adolescentes por su origen”.
=Mónica Muñiz=
(Con información de Cámara de Diputados)
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