La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró que las normas que protegen la vida de una persona desde que el óvulo es fecundado se mantendrán vigentes en los municipios de Asunción Ixtaltepec, Oaxaca, y Uriangato, Guanajuato.
Los congresos locales de dichos municipios establecieron anteriormente que el ser humano tiene derecho a la vida desde el momento de la fecundación, situación que creó controversias constitucionales.
Ante esto, ambos municipios acudieron en su momento a la Corte Mexicana para que aclarara el caso.
En sesión del pleno, la mayoría de ministros consideró que tales modificaciones no afectan las atribuciones de los municipios competencia en materia de salud y atención en casos de violencia de género.
=Mónica Muñiz=
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