La Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) instruyó al Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) entregar el acuerdo por el que propuso a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) el inicio de cuatro procedimientos sancionatorios al Grupo Nextel por presuntos incumplimientos al Plan Técnico Fundamental de Calidad del Servicio Local Móvil.
Lo anterior, se originó después de que un particular solicitó esa información y Cofetel respondió que existen las resoluciones P/080812/401, P/080812/402, P/080812/403 y P/080812/404, pero tienen carácter reservado.
Al respecto, Jacqueline Peschard, Comisionada Presidenta del IFAI, señaló que la Cofetel omitió mencionar las razones y circunstancias especificas que motivaron la clasificación invocada, y tras dar oportunidad a la Comisión de presentar sus motivos, consideró improcedente mantener el carácter reservado de la información solicitada.
«Se entiende que la Cofetel ya realizó los actos de verificación y supervisión requeridos para solicitar una sanción, por lo que no se advierte de qué manera los verificados pudieran alterar o modificar los escenarios o circunstancias que ya fueron evaluados», expuso la comisionada.
Asimismo, consideró insostenible el argumento vertido por la Cofetel consistente en que la publicidad de la información requerida pudiera generar medios de impugnación que entorpezcan sus actividades de verificación.
“No puede invocarse una causal de reserva con la finalidad de que los particulares se vean impedidos para ejercer sus derechos, como impugnar una resolución emitida por una autoridad administrativa que les cause algún agravio”, señaló.
En un comunicado, el IFAI señaló que el pleno “revocó la clasificación invocada por la Cofetel, por lo que hace al acuerdo del Pleno de esa Comisión, mediante el cual resolvió proponer a la SCT el inicio de procedimientos sancionatorios, de los que cuatro corresponden a las empresas integrantes del Grupo Nextel, sobre supuestos incumplimientos al Plan Técnico Fundamental de Calidad del Servicio Local Móvil, y le instruyó a que lo entregue al particular”.
Sin embargo, se advirtió “que dado que los documentos pudieran contener información confidencial, por ser de carácter comercial, la Cofetel deberá realizar las versiones públicas correspondientes”.
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