Podrían embargar salarios de deudores

Foto: La Red Noticias

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En marzo pasado la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reinterpretó la legislación laboral y mercantil y dio luz verde a los tribunales para determinar embargos a los salarios por deudas bancarias, de carácter comercial y de arrendamiento.

El decomiso podría significar hasta 30 por ciento del salario y aplicaría al ingreso mensual una vez descontado el equivalente a un salario mínimo, pues la Constitución establece que el salario mínimo no puede ser sujeto de embargo o descuento.

El cálculo del embargo sería sobre el salario bruto y todo monto que ingrese por percepciones laborales, por lo que si una institución financiera gana un juicio contra un deudor, podrían incautar sus próximas percepciones en vez de sus bienes materiales.

A partir de julio los bancos e intermediarios financieros que otorgan créditos contarán ya con juzgados especializados que llevarán estos casos para recuperar los adeudos.

A quienes están en una situación de impago se recomienda negociar la deuda y llegar a un acuerdo con el acreedor para evitar un juicio en el que se podría determinar el embargo de los ingresos.

 

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(W Radio)