Presentarán propuesta de Código Penal Único

Foto: Senado

Foto: Senado

La Comisión de Justicia presentará a Pleno la propuesta del Código Procesal Penal Único  para la República Mexicana , luego de que sea aprobada la iniciativa de reforma la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos  para facultar al Congreso legislar en la materia.

De igual forma se emprenderá  lo que corresponde para el reordenamiento de la Procuraduría General de la República (PGR) y procuradurías estatales.

Así lo explicaron el presidente de   la Comisión de Justicia, Roberto Gil Zuarth y los secretarios de la misma, Arely Gómez González y Manuel Camacho Solís.

Gil Zuarth, senador panista,  apuntó que el Código Procesal Penal Único  “no implica que la federación asumirá la tarea de definir los delitos, sino establecer las reglas de someterse a proceso penal, esto es una garantía de acceso a la justicia”.Destacó el respeto a la soberanía de los estados, pues “hemos sido muy cuidadosos de dejar a salvo las facultades de los congresos locales de la representación popular de los ciudadanos de cada una de las entidades federativas de definir qué fines de valores se protegen a través de un derecho penal y, en consecuencia, la configuración de los delitos que se castigan”.

La importancia del nuevo Código Único de Procedimientos Penales, apuntó la senadora priísta Arely Gómez González,  radica en que será el instrumento legal con el cual se sustituirá a los 33 códigos de procedimientos penales, que actualmente se aplican con una gran dispersión en el país.

Roberto Gil coincidió al apuntar que el  modelo justicia del código determinará la forma en que habrá de organizarse a su interior la PGR y procuradurías estatales, destacándose que el código comprenderá  las mejores prácticas y experiencias en el  ámbito local, el modelo de justicia oral, así como en elementos técnicos y tóricos, al tiempo de confiar que las discusiones se aterrizarán en el próximo periodo ordinario de sesiones, o en su caso en un periodo extraordinario.

Con la reforma al artículo 73, el Congreso de la Unión tendrá facultad para expedir leyes generales en materia de secuestro y trata de personas, que establezcan como mínimo, los tipos penales y sus sanciones,  así como las que contemplarán la distribución de competencias y las formas de coordinación entre la Federación , las entidades federativas, el Distrito Federal y los municipios.

De igual forma podrá legislar para   establecer los delitos y las faltas contra la Federación , en materia de delincuencia organizada, así como  las penas y sanciones que por ellos deban imponerse.

Modificará la legislación única en materia procedimental penal, de mecanismos alternativos de solución de controversias y de ejecución de penas que regirá en la República en el orden federal y en el fuero común.

El decreto establece que estas reformas entrarán en vigor al siguiente día de su publicación en todo el país a más tardar el 18 de junio del año 2016.

En los transitorios especifica que la legislación vigente en las materias procedimental penal, de mecanismos alternativos de solución de controversias y de ejecución de penas expedida por el Congreso de la Unión , las legislaturas de los estados y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal continuará en vigor hasta que inicie la vigencia de la legislación que respecto de cada una de dichas materias expida el Congreso de la Unión conforme al presente Decreto.

En tanto que los procedimientos penales iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de la legislación procedimental penal, serán concluidos conforme a las disposiciones vigentes al momento de iniciarse dichos procedimientos.

=Senado=