La Secretaría de Gobernación (Segob) publicó hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF) las reformas a la Ley General de Salud y al Código Federal de Procedimientos Penales, que tipifican como delito grave la adulteración y falsificación de bebidas alcohólicas.
En dicho decreto, la dependencia publicó los cambios legales aprobados por el Poder Legislativo, los cuales establecen pena de seis meses a tres años de prisión a y multas de hasta mil días de salario mínimo a quien incurra en ese acto ilícito.
El decreto establece modificaciones a los artículos 464 y 194 de la Ley General de Salud, que plantea que cuando se trate de bebidas alcohólicas alteradas, se dictará una pena de tres a siete años de cárcel y de 250 a 500 días de multa.
La reforma, que entrará en vigor a partir de mañana, fue aprobada en la Cámara de Diputados con 427 votos favor, uno en contra y una abstención.
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