La Suprema Corte mexicana decidió este martes que los derechos humanos estipulados en los tratados internacionales suscritos por México pueden ser restringidos por la Constitución del país, una medida que despertó la preocupación de defensores de las garantías individuales.
El Tribunal Pleno resolvió por mayoría de diez votos (y uno en contra) que los derechos humanos de fuente internacional «tienen la misma eficacia normativa que los previstos en la Constitución», dice un comunicado de la Suprema Corte.
Sin embargo, el mismo parte precisa que «cuando haya una restricción expresa en la Constitución al ejercicio de los derechos humanos, se deberá estar a lo que indica la norma constitucional».
Esta limitante «es muy preocupante, pues el derecho internacional tiene un principio muy básico: cuando un país se obliga firmando un tratado internacional no puede aducir normas internas para no cumplir», dijo a la AFP Daniel Zapico, representante de Amnistía Internacional (AI) en México.
Por su parte, la Comisión de Derechos Humanos de la capital mexicana (CDHDF) aseguró que se trata de «un importante retroceso en la consolidación de una sociedad democrática».
El artículo primero constitucional, referente a los derechos humanos y reformado en 2011, establece que todos los mexicanos gozarán de los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte.
Sin embargo, ese artículo presenta una contradicción: Por un lado, estipula que la interpretación de esos derechos se hará «favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia», y por otro asegura que esas garantías pueden restringirse o suspenderse «en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece».
Con su decisión de este martes, la Suprema Corte buscó definir «el criterio que debe prevalecer respecto del lugar constitucional de los tratados de derechos humanos de fuente internacional».
La máxima instancia de justicia de México «ha interpretado que la Constitución dice una cosa diferente a la que la mayor parte creemos que dice», refutó Zapico, quien recordó que la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados (1969) ya establece cómo deben de interpretarse los tratados internacionales.
«Al final, lo que están diciendo es que si México decide legalizar la tortura en la Constitución, pues adelante», añadió el activista, quien puso como ejemplo la controvertida medida del «arraigo», una detención legal en México que se lleva a cabo para investigar a la persona aún sin tener evidencia contra ella.
El arraigo, que favorece la tortura y por ende la fabricación de culpables, «era inconstitucional hasta 2008, cuando el legislador mexicano decidió integrarlo a la Constitución» pese a que la ONU y el Sistema Interamericano de Derechos Humanos han dicho que esa medida es incompatible con las obligaciones de México en materia de derechos humanos, añadió el representante de AI.
La tasa de impunidad en México ronda el 99% de los casos y su sistema judicial enfrenta una crisis que incluye corrupción y abuso de autoridad por parte de algunos funcionarios, así como un precario sistema penitenciario.
=AFP=
(Correo)
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