Revoca TEPJF nombramiento de Congreso de Tamaulipas de magistrados estatales electorales

 

Foto: TEPJF.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó, por mayoría de 3 votos contra 1, el decreto expedido por la LXI Legislatura del Congreso del Estado de Tamaulipas, mediante el cual se ratificó a Emilia Vela González y a Andrés Meza Pinsón, como magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la referida entidad,.

La decisión fue tomada al considerar que se dejaron de observar las reglas del procedimiento de elección y/o reelección establecidas en la legislación local, al omitir la expedición de la convocatoria correspondiente.

Así lo informó el tribunal electoral mediante un comunicado.

En la sentencia, cuyo proyecto fue elaborado por el magistrado Constancio Carrasco Daza,  se indica que la designación de los magistrados está sujeta al procedimiento ordinario previsto en la Constitución Política de la entidad, y en la Ley Orgánica del Poder Judicial Estatal.

La norma suprema de Tamaulipas contiene un artículo 10º transitorio que señala que los jueces electorales nombrados por el periodo que culminó el 15 de marzo de 2012, tienen la posibilidad de ser reelectos por un periodo adicional de seis años, lo que no significa que dicho proceso “pueda realizarse al margen del procedimiento ordinario”, en el cual podían tomar parte otros ciudadanos interesados.

Por su parte, el magistrado presidente por ministerio de ley, Pedro Esteban Penagos López, coincidió con la propuesta de sentencia al manifestar que el artículo transitorio mencionado estableció el derecho de los magistrados que venían desempeñando el cargo “de participar por única ocasión en un procedimiento de reelección”, pero lo que en realidad ocurrió fue que el Supremo Tribunal de Justicia únicamente propuso al Congreso del Estado a los jueces electorales en funciones para su ratificación.

El magistrado Salvador Olimpo Nava Gomar, también respaldó el proyecto al considerar que en él se hizo una clara diferenciación entre los procedimientos de reelección y de ratificación, lo que en esencia, constituyó el centro de la discusión respecto de los tres medios de impugnación presentados en contra del decreto emitido por el Congreso del estado de Tamaulipas, dos de ellos, formulados por el Partido Acción Nacional (PAN) a través del juicio de revisión constitucional, y el otro, por un ciudadano.

El magistrado Flavio Galván Rivera se pronunció en contra de la propuesta, pues consideró que el procedimiento seguido por el Congreso y por el Tribunal del Estado se ajustó a la normativa constitucional local vigente y a lo que la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha considerado debe ser el procedimiento de ratificación o reelección de jueces y magistrados, por lo que propuso confirmar el decreto impugnado, pero su opinión no fue compartida por el resto de los integrantes de la Sala Superior.

Ratifican infundada la queja contra Gerardo Priego

En otro asunto, la Sala Superior confirmó la resolución del Tribunal Electoral de Tabasco, por el que se declaró infundada la queja promovida por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) en contra de Gerardo Priego Tapia y el PAN, por la presunta realización de actos anticipados de precampaña y campaña, con la intención de aspirar al gobierno del estado.

Por unanimidad los magistrados resolvieron ordenar a la Comisión Nacional de Garantías del Partido de la Revolución Democrática (PRD) que de inmediato resuelva la queja promovida por Beatriz Adriana Olivares Pinal, para impugnar la designación de una precandidata a diputada federal por el principio de representación proporcional en la cuarta circunscripción plurinominal electoral.

En la sesión pública, el Pleno de la Sala Superior resolvió 10 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y 3 juicios de revisión constitucional electoral, lo que hace un total de 13 medios de impugnación.