Revocan respuesta del Consejo distrital del IFE a candidatos independientes en Coahuila

Foto: TEPJF

La Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la respuesta emitida por el Presidente del 05 Consejo Distrital del Instituto Federal Electoral en el Estado de Coahuila, por medio de la cual se les negaba el registro a José Alberto Yacamán Peña y Alejandro Israel Solís Reyes como candidatos independientes en el mencionado estado.

Mediante un comunicado, el TEPJF informó que los magistrados acordaron que entre las atribuciones del Presidente de dicho Consejo, no se encuentran las de emitir pronunciamiento alguno en cuanto a la solicitud y registro de candidatos, por lo que se ordeno al Consejo Distrital 05, que en plenitud de facultades, resuelva conforme a Derecho dentro de las 48 horas siguientes a la notificación del fallo.

En otro asunto, el pleno confirmó el acta dictamen de la Comisión Coordinadora Nacional de la Coalición “Movimiento Progresista”, para la elección de candidatos a Senadores y Diputados por el principio de mayoría relativa, para contender en el proceso electoral federal 2011-2012, en el Estado de Querétaro, impugnada por Eligio Arnulfo Moya Vargas.

Esto en atención a que, a diferencia de lo que alegaba el demandante, el procedimiento sí se llevó a cabo dentro de los principios que rigen al Partido de la Revolución Democrática, pero al coaligarse la aplicación del referido reglamento se tornó inviable, pues por la naturaleza intrínseca de las coaliciones no es jurídicamente exigible que se fundamenten sus actuaciones con base en la regulación interna de un solo instituto político.

Por unanimidad, los magistrados confirmaron la resolución emitida por el Consejo Local 03 del Instituto Federal Electoral en Zacatecas, al aceptar la improcedencia por extemporánea de la demanda presentada por el Partido Acción Nacional ante la autoridad responsable referente a un proceso especial sancionador por la omisión de retirar propaganda del precandidato al Senado de la República, Luis Enrique Mercado Sánchez. Esto en virtud de que el representante del partido político actor estuvo presente en la sesión extraordinaria en la que se resolvió el recurso de revisión ahora impugnado, y participó activamente en dicho evento, teniendo como consecuencia la notificación automática del fallo recurrido.

Asimismo, la Sala determino sobreseer en los juicios presentados por distintas militantes del PAN en Nuevo León que controvirtieron la resolución emitida por el Comité Ejecutivo Nacional, con la cual se acordó la designación directa como método extraordinario de selección de candidatos a integrantes de los ayuntamientos de Monterrey y Guadalupe en dicho estado, en razón de que esta Sala resolvió en Sesión pública de día de ayer diversos juicios presentados por las actoras contra dicho acuerdo, precluyendo su derecho. Por otra parte, en lo referente a la impugnación de la determinación por la que finalmente dicho Comité Ejecutivo Nacional designó a los candidatos aludidos, se estimó improcedente por falta de interés jurídico, puesto que las actoras no participaron en el proceso interno de cuyos resultados ahora se quejaron.

En la sesión pública de este miércoles, la Sala Monterrey resolvió nueve juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, un recurso de apelación y un juicio de revisión constitucional.