SCJN debe establecer como derecho prioritario la seguridad de la población en la localización de celulares implicados en delitos: Diputados

Foto: Cámara de Diputados

Diputados del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Partido Acción Nacional (PAN) y Partido de la Revolución Democrática (PRD) consideraron que el recurso de inconstitucionalidad que interpuso la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) por la llamada Ley de Geolocalización, es válida conforme a sus facultades; sin embargo, confiaron que el máximo tribunal establezca como derecho prioritario la seguridad de la población.

Cabe precisar que la CNDH alegó en su impugnación que la reforma que permite que la Procuraduría General de la República y procuradurías estatales localizar geográficamente, en tiempo real, equipos de telefonía móvil en la investigación de delitos, viola el derecho de los mexicanos a la privacidad.

En su página de Internet, la Cámara informa que la integrante de la Comisión de Justica, María de Jesús Aguirre Maldonado, del grupo parlamentario del PRI, indicó que si bien “ninguna ley es perfecta”, los diputados que avalaron la reforma hicieron un estudio a detalle e implementaron los candados suficientes para que la norma beneficie a la seguridad de la sociedad y no se vulneren los derechos humanos.

Me extraña el recursos que presenta la CNDH; la reforma fue aprobada casi por unanimidad de todos los grupos parlamentarios. Cuando hicimos la reforma fue pensando en el bienestar de los ciudadanos, nunca en una afectación a un derecho humano”, dijo.

En entrevista, la legisladora indició que la SCJN tiene que hacer una revisión acuciosa de la reforma para emitir un fallo y valorar los beneficios que tendrá para la sociedad en un tema que preocupa a todos los ciudadanos, como es la extorsión.

El presidente de la Comisión de Gobernación, Agustín Castilla Marroquín, del grupo parlamentario del PAN, subrayó que la norma no violenta el derecho a la privacidad de los mexicanos y, por el contrario, brinda un instrumento adicional a la autoridad para garantizar la seguridad de los ciudadanos.

No cuestionó el derecho que tiene la CNDH a presentar estos recursos, lo respeto, pero no lo comparto. Esta disposición normativa desde nuestro punto de vista contribuye a la prevención y combate contra la delincuencia y no violenta el derecho a la privacidad”, indicó.

Castilla Marroquín comentó que por el contrario, el delito de extorsión sí violenta la privacidad, ya que los criminales conocen datos de sus víctimas con anterioridad, por lo que la SCJN debe tomar en consideración esos elementos y valorar la seguridad pública como prioridad del Estado.

Por su parte, la secretaría de la Comisión de Derechos Humanos, Enoé Uranga Muñoz, del grupo parlamentario del PRD, indicó que el derecho a la vida debe imponerse sobre el derecho a la privacidad, y llamó a la Corte a tomar en consideración ese argumento.

Lo que tendrá que ponderarse son los derechos, la CNDH tiene razón en su argumento en que hay violación de derechos humanos, pero lo que está del otro lado es la vida de seres humanos que pueden ser salvados por estas acciones”, dijo.

Subrayó que la reforma cuenta con mecanismos en su reglamentación que considera el derecho a la privacidad de las personas, por lo que los magistrados deberán atender todas las aristas de la reforma.