Sin límites el número de debates entre candidatos presidenciales: TEPJF

Foto: TEPJF

Los candidatos a la Presidencia de México pueden celebrar todos los debates que deseen, siempre y cuando respeten las reglas relativas al acceso a radio y televisión en materia electoral previstas en la Constitución, estableció la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), al confirmar que el Instituto Federal Electoral (IFE) sólo está obligado, por ley, a participar en la organización de dos de ellos.

El Pleno del órgano jurisdiccional confirmó el acuerdo del Consejo General del IFE (CGIFE) por el cual se emitieron bases y lineamientos o criterios orientadores para la celebración de debates entre candidatas y candidatos a cargos de elección popular, en el proceso electoral federal 2011-2012, así como la respuesta de la autoridad administrativa a la petición de Andrés Manuel López Obrador para que el Instituto celebrara 12 debates de carácter temático entre los candidatos a la Presidencia de la República.

En el proyecto de sentencia elaborado por la ponencia del magistrado Flavio Galván Rivera para resolver dos recursos de apelación y un juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, relacionados con el tema, se concluye que no es posible obligar a la autoridad a organizar más debates de los previstos en el artículo 70 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe), en atención a la prohibición prevista en la Constitución de adquirir tiempos en radio y televisión para fines electorales.

Al fundamentar su proyecto, el magistrado indicó que, no obstante, dicho precepto normativo no limita la celebración de debates, ya que los partidos políticos y sus candidatos pueden celebrar cuantos debates quieran.

El magistrado Constancio Carrasco Daza  precisó que el IFE, en uso de sus atribuciones reglamentarias, aceptó la posibilidad de participar en la realización de debates distintos a los señalados en el artículo 70 del Cofipe, pero estableció como requisito para su realización la aceptación unánime de todos los candidatos a la Presidencia de la República.

El magistrado Pedro Esteban Penagos López destacó que la celebración de debates permite a los candidatos expresar su opinión, confrontar ideas y propuestas, lo que contribuye a la formación de una convicción mejor informada para la emisión del voto ciudadano.

Tras ejemplificar la importancia que para las democracias modernas -incluyendo la estadounidense y la mexicana- han tenido los debates entre candidatos presidenciales, la magistrada María del Carmen Alanis Figueroa manifestó su acompañamiento al proyecto presentado por el magistrado Galván.

Consideró un avance que este tipo de ejercicios estén ahora regulados en la legislación, de manera que el Instituto Federal Electoral está obligado a organizar, cuando menos, dos debates entre los candidatos.

Alanis explicó que el Instituto Federal Electoral tiene, adicionalmente, la posibilidad de organizar más ejercicios de debate, siempre y cuando exista unanimidad entre los partidos y coaliciones contendientes. Ello, independientemente de que los candidatos pudieran participar en debates no organizados por el IFE.

El magistrado Manuel González Oropeza dijo que “el mundo de los debates y de las argumentaciones no puede ser restringido” por lo que se hace necesario que la autoridad electoral contemple una interpretación que haga extensivo el uso de este derecho.

En opinión del magistrado presidente, José Alejandro Luna Ramos, la libertad de expresión y el derecho al acceso a la información son piedra angular de los derechos fundamentales. “La opinión pública que se forja a través de estas libertades que son requisito esencial para la democracia” sobre todo, dijo, durante un periodo o un proceso electoral.