La Secretaría de Seguridad Pública (SSP) no aceptó la Recomendación 38/2012 que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), le dirigió en conjunto con la Sedena, con motivo de la detención arbitraria de dos jóvenes y la desaparición forzada y privación de la vida de uno de ellos.
Se trata de un asunto ocurrido el 1 de mayo de 2011, en el que las víctimas fueron detenidas por elementos de la Secretaría de Protección y Auxilio Ciudadano de Cuernavaca, Morelos, por haber participado en una riña; dichos servidores públicos solicitaron apoyo vía radio, al que respondieron elementos de la Policía Federal, a quienes entregaron a las personas detenidas.
Posteriormente, éstas fueron entregadas a elementos de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) radicados en Cuernavaca, Morelos, quienes se las llevaron en sus vehículos oficiales.
La CNDH observó que los elementos de la Policía Federal, al entregar a las personas detenidas a la Sedena y que ésta se las llevara de manera arbitraria, incurrieron en una serie de irregularidades, principalmente, en la omisión de ponerlas, de inmediato, a disposición del agente del Ministerio Público correspondiente como lo señala el artículo 16 constitucional; faltando con ello, a un deber de cuidado que provocó que sufrieran otro tipo de agravios.
En este contexto, cabe mencionar que además de esta Recomendación, la SSP no aceptó las recomendaciones 62/2010 y 43/2011, ni las medidas cautelares solicitadas en días recientes para salvaguardar la integridad de las personas que son sujetas a revisiones y tratos indignos en los aeropuertos; situación que evidencia una falta de respeto a los derechos humanos y que abona a crear un clima de impunidad e inseguridad.
Por ello, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos reitera su preocupación por el hecho de que algunos servidores públicos de nuestro país, encuentren en la violación a la ley el camino para desarrollar sus actividades, sin ser sancionados conforme a derecho y en perjuicio de las víctimas del delito y del abuso de poder. En consecuencia, de nueva cuenta reitera el llamado a las autoridades del Estado mexicano, para que en términos de lo que establece el artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cumplan con su obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de los mexicanos.
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