El Pleno de la Comisión Federal de Telecomunicaciones (COFETEL) resolvió favorablemente las solicitudes del H. Congreso de la Unión y del Organismo Promotor de Medios Audiovisuales (OPMA) para llevar a cabo multiprogramación en los canales de televisión digital que tienen autorizados.
La multiprogramación es uno de los beneficios de la Televisión Digital Terrestre (TDT) que permite incluir varios canales de programación en un mismo canal de transmisión, con lo cual se hace un uso más eficiente del espectro radioeléctrico previamente autorizado, para así ofrecer un mejor servicio a la población de manera directa y gratuita.
Bajo este esquema, el Congreso propuso aprovechar las señales del Canal 45 de la Ciudad de México para transmitir la programación del Canal del Congreso en alta definición (HDTV), así como un canal de programación para la Cámara de Senadores y otro para la Cámara de Diputados, estos últimos con calidad estándar (SDTV).
El OPMA planteó transmitir la señal del Canal Once con HDTV, así como la señal de programación del Canal 22, sin anuncios comerciales, con calidad SDTV, para la cobertura de los canales digitales de Celaya y León, Guanajuato; Tampico, Tamaulipas; Hermosillo, Sonora; Mérida, Yucatán; Oaxaca, Oaxaca y Xalapa, Veracruz.
Las resoluciones emitidas, avaladas con su voto por el Comisionado Presidente, Mony de Swaan Addati, y los Comisionados Gonzalo Martínez Pous y Alexis Milo Caraza, son consistentes con lo establecido en la Política de Televisión Digital Terrestre vigente y se suman a las resueltas el 21 de julio y el 21 de diciembre del 2011, cuando la COFETEL tomó nota de las transmisiones de multiprogramación de los concesionarios Televisión Digital, en el canal 25 en la ciudad de Monterrey, y Tele Nacional, en el canal 34 de Tijuana, así como Comunicado de Prensa No. 04/2012 las correspondiente al OPMA, para las ciudades de Monterrey, Guadalajara, Morelia y Puebla, y para el par digital del Canal Once en la ciudad de México.
En todos los casos, la multiprogramación propuesta se llevará a cabo bajo el estándar A/53 de ATSC, cuyo uso es consistente con la Política de TDT para la transmisión de señales de televisión abierta.
Por otra parte, la COFETEL resolvió favorablemente sobre el registro de la documentación técnica presentada por el Gobierno del Distrito Federal para operar el Canal 21 de Televisión Digital Terrestre, que le fue otorgado el 22 de febrero del 2010.
Con este proceso, el Gobierno del Distrito Federal, en su carácter de permisionario, estaría en condiciones de iniciar las transmisiones en dicho canal.
En sesiones previas del Pleno en el presente año, la Comisión determinó otorgar 4 nuevos permisos de Televisión Digital Terrestre. Para el OPMA, se aprobó la operación de los canales 30, 47 y 30 en las ciudades de Querétaro, Aguascalientes y Toluca, respectivamente, y para el Gobierno de Querétaro, el canal 50, que se transmitirá en la capital del estado.
Como parte de la agenda de este miércoles, la COFETEL resolvió emitir opinión favorable a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) sobre la solicitud presentada por la empresa Tele Fácil México, S.A. de C.V, para que se le otorgue un título de concesión de red pública de telecomunicaciones para ofrecer servicios de voz, datos y video en las ciudades de México, Guadalajara y Monterrey.
La red utilizará tecnología satelital para enlazar las ciudades mencionadas mientras que para llegar a los usuarios finales en lo que se conoce como la “última milla” lo hará con diferentes tecnologías, entre las que se encuentra la utilización de bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico clasificadas por la COFETEL como de uso libre.
Previamente, el Pleno de la Comisión ha emitido opiniones en el mismo sentido, tal es el caso de las Resoluciones de fechas 28 de febrero, 15 de junio y 21 de noviembre de 2011, por medio de las cuales se recomendó a la SCT otorgar tres concesiones de redes públicas de telecomunicaciones que utilizarían bandas de frecuencias de uso libre, es decir, que no requieren autorización para su uso y no son materia de licitación pública. Comunicado de Prensa
Al promover el uso de este espectro se facilita el despliegue de tecnologías innovadoras que fomentan los servicios de banda ancha y se eliminan barreras artificiales de entrada al mercado para nuevos participantes, con lo cual se promueve la competencia y la cobertura de servicios de telecomunicaciones.
Con estas acciones, la COFETEL busca hacer más eficiente el uso del espectro radioeléctrico para obtener los máximos beneficios sociales al impulsar el crecimiento y el rápido desarrollo de infraestructura innovadora que permitan ampliar la gama de prestadores de servicios en beneficio de los consumidores.
Finalmente, el Pleno de la Comisión Federal de Telecomunicaciones (COFETEL) aprobó la Resolución que pone fin al desacuerdo de interconexión entre Televisión Internacional, S.A. de C.V. (TVI) y las empresas Pegaso Comunicaciones y Sistemas, S.A. de C.V., Baja Celular Mexicana, S.A. de C.V., Movitel del Noroeste, S.A. de C.V., Telefonía Celular del Norte, S.A. de C.V. y Celular de Telefonía, S.A. de C.V. (Grupo Telefónica).
Los Comisionados determinaron que TVI y Grupo Telefónica deberán interconectar sus respectivas redes públicas de telecomunicaciones a los diez días hábiles siguientes a la fecha en que surta efectos legales la notificación de dicha resolución, la cual establece que estos concesionarios deberán suscribir el correspondiente convenio de interconexión en términos no discriminatorios, además de que podrán establecer el acceso a sus redes mediante el protocolo de Internet.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 42 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, la autoridad sólo puede intervenir en materia de interconexión cuando los operadores no logran un acuerdo para interconectar sus redes, o antes si así lo solicitan.
Sobre este tema, en el reciente estudio sobre Políticas y Regulación de Telecomunicaciones en México, la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) recomienda una reforma al marco legal a fin de dotar a la COFETEL de la facultad de regular ex ante las tarifas de interconexión. Esto, con el fin de ofrecer mayor seguridad jurídica y que el regulador actúe con mayor diligencia en estos procesos.
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