El Congreso del estado de Coahuila aprobó reformas al Código Penal del Estado en materia de acceso a la justicia para las mujeres, con lo que tipificó el delito de feminicidio con una pena que va de 18 a 50 años y una multa.
De igual manera, las reformas incluyen como nuevos delitos penales el abuso sexual, contra niñas y niños, que se perseguirá de oficio y se castigará de 5 meses a 5 años de prisión, si se afecta a menores de 12 años.
La otra figura, es el fraude familiar, con prisión de 1 a 4 años al cónyuge o compañero civil que, sin causa justificada, transfiera o adquiera bienes a nombre de terceros cuando haya una sociedad conyugal o patrimonio común, causando perjuicios a la familia en sus bienes y patrimonio.
Al feminicidio se le da un tratamiento de homicidio doloso calificado en contra de una mujer, cuando se cometa en ciertas circunstancias y no sólo atendiendo a la calidad de la víctima.
Será culpable de dicho ilícito, quien prive de la vida a una mujer cuyo cuerpo presente signos de violencia de cualquier tipo, lesiones infamantes, degradantes o mutilaciones, previa o posteriormente a la privación de la vida.
En el artículo 338 BIS se disponen sanciones si existen antecedentes de cualquier tipo de violencia sexual, física, psicológica, patrimonial o económica, producidas en el ámbito familiar o cuando hayan tenido alguna relación de parentesco, noviazgo, matrimonio o concubinato, y cuando la víctima haya sido incomunicada en tiempo previo a su fallecimiento y si el cuerpo es arrojado en un lugar público o en otras circunstancias.
La iniciativa de decreto, enviada por el gobernador, Rubén Moreira Valdez, fue avalada por unanimidad de votos de los 25 diputados de media docena de partidos -PRI, PAN, PVEM, Unidad Democrática de Coahuila (UDC), Partido Primero Coahuila (PPC) y Partido Socialdemócrata (PSD)- que integran la Legislatura.
Son varias reformas y adiciones que impactan 21 artículos del Código Penal, se modifican 7 figuras jurídicas, se crean 3 nuevos delitos y se atienden alrededor de 40 instrumentos internacionales en materia de derechos humanos de las mujeres.
En la nueva legislatura se dispone también que al servidor público que con motivo de sus funciones y atribuciones conozca del delito de feminicidio y, por acción u omisión, realice practicas dilatorias en la procuración y administración de justicia se le impondrán de 5 a 10 años de prisión, y de 500 a mil días multa e inhabilitación del cargo o comisión que desempeñe de 5 a 10 años.
En casos de violación se adicionó como causales agravantes el que sea cometido por profesores o ministros de culto religioso, cuando se aprovechen de dicho carácter para cometerlo.
Las reformas penales serán promulgadas por el gobernador de la entidad en los próximos días y entrarán en vigor un día después de su publicación en el periódico oficial del estado.
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