Por unanimidad, el Pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la validez de la elección de presidente municipal en Puerto Peñasco, Sonora, y la entrega de la constancia de mayoría a favor del candidato postulado de manera común por los partidos Revolucionario Institucional (PRI) y Verde Ecologista de México (PVEM), Gerardo Figueroa Zazueta, al declarar infundado un recurso de reconsideración interpuesto por el Partido Acción Nacional (PAN), en el que acusaba la vulneración del principio constitucional de separación Iglesia-Estado.
En el proyecto de sentencia, presentado por la ponencia del magistrado Constancio Carrasco Daza, se estableció que no hay elementos eficaces que acrediten la existencia de propaganda religiosa y, por ende, la vulneración al referido principio constitucional, ya que el acervo probatorio lo único que revela es que el candidato ganador acudió a una misa de carácter ordinario, acto que realizó en ejercicio del derecho fundamental reconocido en el artículo 24 de la Ley Fundamental que establece que todo individuo tiene libertad para profesar la creencia religiosa que decida.
En otro asunto, la Sala Superior declaró infundados e inoperantes los agravios formulados para impugnar la sentencia de la Sala Regional Guadalajara del TEPJF, que declaró la validez de la elección de diputados locales por el principio de representación proporcional y la entrega de las constancias respectivas en el estado Sonora.
El magistrado Flavio Galván Rivera dijo que no existe un sistema único en el país para la asignación de diputados de representación proporcional y que en este caso no se infringió norma alguna.
Por su parte, la magistrada María del Carmen Alanis Figueroa aseguró que no existen elementos para encontrar inconstitucional la fórmula de asignación de diputados de representación proporcional del estado de Sonora.
Comentarios recientes