La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales dos minutas para reducir los niveles de deforestación, y garantizar el desarrollo social en el manejo adecuado de animales exóticos.
Una de ellas, reforma las fracciones V, VI, VIII, XI y XIV del artículo 12 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, con el propósito de fomentar la coordinación entre los tres órdenes de gobierno y pobladores de los bosques, a fin de reducir los niveles de deforestación, combatir el cambio climático, proteger el equilibrio ecológico y garantizar el desarrollo social.
Se plantea que la Federación lleve a cabo la zonificación forestal del país en coordinación con las entidades y los municipios, en su ámbito territorial.
Menciona que en México, el 80 por ciento de la superficie boscosa se encuentra bajo el régimen de propiedad comunal en posesión de grupos indígenas y comunidades rurales, 15 por ciento es propiedad privada y sólo cinco por ciento, pública.
La otra minuta, reforma los artículos 27 y 78, y adiciona el 78 Bis de la Ley General de Vida Silvestre, para que el manejo de ejemplares y poblaciones exóticas sólo se pueda llevar a cabo en condiciones de confinamiento que garanticen la seguridad de la sociedad civil y el trato digno de las especies.
Se establece que las personas que posean algún ejemplar exótico como mascota o animal de compañía deberán contar con autorización expresa de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).
También se dispone que los predios e instalaciones que manejan vida silvestre en forma confinada como zoológicos, espectáculos públicos fijos o itinerantes, circos y colecciones privadas, únicamente puedan operar si cuentan con la autorización de la Semarnat.
=Cámara de Diputados=
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