México tiene una nueva guía para reparar las violaciones a los derechos humanos, una demanda de organizaciones civiles que tanto el gobierno anterior como el actual se comprometieron a cumplir.
Esos pasos se encuentran en las reglas de operación del Fideicomiso para el Cumplimiento de Obligaciones en Materia delos Derechos Humanos que la Secretaría de Gobernación (Segob) publicó en el Diario Oficial de la Federación.
«Con la publicación de las reglas de operación, se contribuye a transparentar el funcionamiento, operación y destino de los recursos», señaló la Segob este jueves en un comunicado.
El fideicomiso, administrado por el Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros (Bansefi), fue creado en noviembre de 2012, casi al cierre del mandato de Felipe Calderón. Nació entonces con un fondo de 18 millones de pesos del presupuesto federal, a los que se han sumado aportaciones de instituciones públicas e intereses.
La actual administración, encabezada por Enrique Peña Nieto, determinó que los recursos que ahí se acumulen no sólo sirvan para reparar daños señalados en sentencias de organismos internacionales, sino en recomendaciones nacionales y en acuerdos reconocidos por las propias autoridades federales.
A continuación, el proceso.
En sentencias de la CoIDH
Las reglas establecen que el Estado mexicano estará obligado a atender a las víctimas de abusos reconocidas en fallos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) y en recomendaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).
En todos los casos, la autoridad responsable de verificar que los pagos se realicen será la Unidad para la Defensa de los Derechos Humanos de la Segob.
Para los fallos de la CoIDH, las autoridades deberán acatar las sentencias en sus términos.
Las indemnizaciones, por ejemplo, serán determinadas por la propia CoIDH. Cuando la víctima sea una persona mayor de edad, la indemnización se le entregará en un solo pago, y si muere antes de que eso ocurra, a sus herederos.
En caso de que sea menor, se abrirá en el fideicomiso una subcuenta a su nombre y se le permitirá acceder a los fondos hasta cumplir los 18 años.
En las reglas también se contempla la posibilidad de que la CoIDH ordene otorgar becas a los afectados. De ser así, si la Corte no fija la duración de la beca, ésta se extenderá hasta que el afectado termine la educación superior.
La cantidad se calculará con base en el salario mínimo —80 por ciento para preescolar y primaria, 90 por ciento para secundaria, 100 por ciento para bachillerato y 200 por ciento para licenciatura— y estimando que un ciclo escolar dura en promedio 11 meses.
En cuanto a la atención médica y psicológica, las reglas señalan que ésta será brindada por instituciones públicas, salvo que la CoIDH ordene que el Estado entregue recursos para ello en instancias privadas.
En recomendaciones de la CIDH
Cuando la reparación del daño se derive de una recomendación de la CIDH, el Estado también estará obligado a pagar, pero el monto deberá calcularse según cada caso.
Para el cálculo de la indemnización, se tomarán en cuenta al menos dos conceptos: el daño emergente, como se conoce a los gastos que la víctima haya tenido que hacer para promover su queja, y el lucro cesante, como se denomina a las ganancias que el afectado dejó de recibir si el abuso que sufrió le impidió trabajar.
La víctima tendrá que comprobar las erogaciones que hizo y que efectivamente no haya podido laborar por causa del hecho denunciado, ya sea de forma temporal o definitiva.
Según las reglas publicadas, el pago tendrá que realizarse a más tardar un año después de que se emita la recomendación de la CIDH.
En cuanto a la reparación del daño derivada de recomendaciones de la CNDH, ésta sólo procederá cuando la recomendación sea aceptada por la autoridad señalada como responsable: alguna dependencia del gobierno federal, gobiernos estatales o ayuntamientos.
En este caso, las autoridades denunciadas únicamente podrán acceder a los recursos del fideicomiso si previamente le aportaron dinero o si se comprometen a resarcirlo.
La cantidad de la reparación se calculará de la siguiente manera: si hubo una violación grave —desaparición forzada, violación sexual o tortura—, el monto no podrá ser menor a tres mil 500 salarios mínimos (unos 234 mil 500 pesos); para cualquier otro caso, no podrá ser mayor a 17 mil 800 salarios mínimos (alrededor de un millón 192 mil 600 pesos).
Al igual que con las reparaciones por recomendaciones de la CIDH, el pago no podrá tardar más de un año.
En su más reciente informe de labores, la CNDH reconoció que en 2013 disminuyó el número de recomendaciones por violaciones a los derechos humanos respecto de 2012, aunque advirtió que se siguen cometiendo abusos.
La dependencia que más recomendaciones recibió el año pasado fue la Comisión Nacional de Seguridad (CNS), responsable de la Policía Federal y de los penales federales. En ese periodo, la CNS obtuvo 20 recomendaciones por conductas como amenazas de funcionarios, tratos indignantes, torturas contra ciudadanos detenidos e incluso privación de la vida.
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(ADN Político)
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