La Comisión de Receso de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), correspondiente al Primer Periodo de Sesiones de 2012, integrada por los señores Ministros Sergio A. Valls Hernández y José Fernando Franco González Salas, acordó admitir a trámite la demanda de controversia constitucional presentada por el Consejero Jurídico del Ejecutivo Federal por la que se impugnan los oficios DGPL.-2P3A.-6469 y CP2R3A.-1695 y conceder la suspensión de los actos impugnados.
Al efecto, cabe mencionar como antecedente que el 19 de julio de 2012 el Consejero Jurídico del Ejecutivo Federal presentó demanda de controversia constitucional en contra de la Cámara de Senadores y de la Comisión Permanente, ambas del Congreso de la Unión, con motivo de la emisión de los oficios antes citados, relacionados con la publicación en el Diario Oficial de la Federación del Decreto por el que se expide la Ley General de Víctimas.
Tomando en consideración el antecedente narrado, con fundamento en lo previsto en los artículos 56 y 58 del Reglamento Interior de la SCJN y atendiendo a la jurisprudencia que el Pleno de la Suprema de Justicia de la Nación ha establecido respecto de la procedencia de la controversia constitucional y de la respectiva suspensión, los señores Ministros integrantes de la Comisión de Receso admitieron a trámite la controversia constitucional 68/2012 al haber sido presentada por órgano legitimado de forma oportuna y no advertirse motivo notorio y manifiesto de improcedencia, en la inteligencia de que, sin prejuzgar respecto de la constitucionalidad de los actos impugnados, se concedió la suspensión solicitada.
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