Las reformas constitucionales para controlar las deudas de estados y municipios fueron ya enviadas a la Cámara de Diputados, después de haber sido aprobadas por el pleno del Senado de la República con 100 votos a favor, ocho en contra y tres abstenciones.
Mediante esta nueva ley, se deja en los congresos locales la aprobación de endeudamientos, además de facultar al Senado el poder de objeción al otorgamiento de deuda a una entidad cuando tenga problemas financieros y acuda en busca de garantías federales.
Asimismo, se le otorgan nuevas facultades a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), por lo que se encargará de llevar el registro de deuda de todos los estados y municipios, con el fin de fungir como un “sistema de alertas” y así evitar el sobreendeudamiento de las entidades.
Dado esto, los gobernadores y municipios deberán liquidar sus deudas de corto plazo a más tardar tres meses antes de que su administración culmine; así, la próxima gestión no cargará con problemas financieros del anterior régimen.
Por su parte, la Cámara de Diputados tendrá la facultad de establecer las leyes secundarias con las bases generales para que el Distrito Federal, los estados y municipios puedan incurrir en endeudamientos, así como los límites y modalidades bajo las cuales dichos órdenes podrán afectar sus participaciones para cubrir obligaciones de pago.
Los recursos que el gobierno federal preste a estados y municipios serán etiquetados como “deuda estatal garantizada”, y ésta será auditada por la Auditoría Superior de la Federación (ASF).
Alejandro Encinas, presidente de la Comisión de Estudios Legislativos Segunda, advirtió sobre la generación de polémica por esta ley. Las reformas han sido fuertemente criticadas por legisladores del PRD, PAN y PT, con el argumento de no existir ninguna colaboración a la detención del endeudamiento excesivo.
=Mónica Muñiz=
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