Cancilleres de la OEA ratifican vigencia de inviolabilidad de sedes diplomáticas, en el marco de la situación entre Ecuador y Reino Unido

Los Ministros de Relaciones Exteriores de la Organización de los Estados Americanos (OEA) aprobaron hoy por aclamación una resolución de apoyo a la inviolabilidad de los locales diplomáticos, de acuerdo a lo establecido por la Convención de Viena de 1961 sobre Relaciones Diplomáticas, en el marco de la situación entre Ecuador y el Reino Unido.

Ambos países enfrentan una crisis por la solicitud de asilo que pidió el fundador de Wikieaks, Julian Assange, concedida por el gobierno ecuatoriano, quien lo recibió en su embajada en Gran Bretaña, y las intenciones del país europeo de ingresar a territorio ecuatoriano para apresar a Assange.

«Fue una reunión muy positiva, con un resultado exitoso: nadie fue excluido, todos hablaron -incluido el representante del Reino Unido, país observador-, hubo discrepancias, pero al final sacamos entre todos un acuerdo satisfactorio», dijo el Secretario General de la OEA, José Miguel Insulza.

«Se demostró que la OEA es el primer foro continental y creo que todos podemos estar contentos por eso», agregó, y agradeció a los Cancilleres y jefes de delegación su presencia en un encuentro de «la mayor importancia para nosotros».

El Ministro de Relaciones Exteriores de Ecuador, Ricardo Patiño, por su parte, al finalizar la sesión, dijo que «la OEA ha reivindicado su importante rol», porque «se resolvió un tema de enorme importancia para nuestros países y se decidió que las normas del derecho internacional siguen vigentes, a pesar de que hay países que están dispuestos a amenazar a otros con violarlas». En rueda de prensa posterior a la reunión de Cancilleres, Patiño expresó que «nos sentimos fortalecidos con la decisión de la OEA, estamos seguros que ahora el Reino Unido no va a cumplir su amenaza».

«Aquí quedó claro que la fuerza no está sobre la razón, y que el mundo no es la selva, que el mundo actual debe regirse por las normas de la convivencia civilizada, debe regirse por las normas del derecho internacional, de los principios que rigen la vida de las naciones. Esto es un muy importante triunfo, sobre todo para el Ecuador, porque se ha expresado la solidaridad y el respaldo a nuestro pueblo y a nuestro Gobierno, por lo cual en nombre de ese pueblo y su Gobierno quiero agradecer a los representantes de los países americanos», agregó el Canciller Patiño.

El Presidente de la Reunión y Ministro de Relaciones Exteriores de Perú, Rafael Roncagliolo, afirmó que los países de las Américas «hemos reafirmado nuestro compromiso con el derecho internacional, nuestra capacidad para manifestar apoyo a un país cuando se siente amenazado y nuestra capacidad de diálogo». «Me complace con mucha satisfacción anunciar que esta reunión de cancilleres de la OEA ha permitido fortalecer la solidaridad entre nuestros países y fortalecer también la solidez de la Organización», agregó el ministro peruano.

La resolución de seis puntos (poner link) fue adoptada en una reunión en la cual intervinieron los cancilleres de Argentina, Chile, Colombia, Ecuador, Guyana, Haití, México, Paraguay, Perú, República Dominicana, Uruguay y Venezuela, y los jefes de delegación de Panamá, Nicaragua, Jamaica, Trinidad y Tobago, El Salvador, Estados Unidos, Grenada, Costa Rica, Dominica, Canadá, Suriname, Bolivia, San Vicente y las Granadinas, Guatemala, Brasil, Antigua y Barbuda y Barbados, además de los delegados del Reino Unido y Suecia, en su calidad de observadores permanentes.

Diario Jurídico presenta de manera íntegra la resolución:

RESOLUCIÓN DE LA VIGÉSIMA SÉPTIMA REUNIÓN DE CONSULTA DE MINISTROS DE RELACIONES EXTERIORES (Versión oficial)

24 de agosto de 2012

(Aprobado durante la sesión plenaria celebrada el 24 de agosto de 2012 y

sujeta a revisión por la Comisión de Estilo)

LA REUNIÓN DE CONSULTA DE MINISTROS DE RELACIONES EXTERIORES,

TENIENDO EN CUENTA que mediante resolución CP/RES.1005 (1863/12), del Consejo Permanente de la Organización de 17 de agosto de 2012, se convocó a la Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores para “tratar sobre la situación entre el Ecuador y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte concerniente a la inviolabilidad de los locales diplomáticos del Ecuador en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte al amparo del derecho internacional” y para “acordar las medidas que convenga adoptar”;

CONSIDERANDO,

Que los Estados americanos han reafirmado, en la Carta de la Organización de los Estados Americanos, que “el derecho internacional es norma de conducta de los Estados en sus relaciones recíprocas” (artículo 3.a);

Que es fundamental, para ello, el estricto cumplimiento por parte de todos los Estados de las normas que regulan la protección, el respeto y la inviolabilidad de los locales de las misiones diplomáticas y de las oficinas consulares, las que han sido codificadas en la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, de 18 de abril de 1961, en particular lo dispuesto en su artículo 22, y en la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, de 24 de abril de 1963, en particular lo dispuesto en su artículo 31;

Que el Gobierno de la República del Ecuador informó públicamente que el 15 de agosto de 2012 recibió del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte una Ayuda Memoria en la que declara, entre otros, “…que hay una base legal en el Reino Unido –la Ley sobre Instalaciones Diplomáticas y Consulares de 1987 (Diplomatic and Consular Premises Act 1987)- que nos permitiría tomar acciones para arrestar al Sr. Assange en las instalaciones actuales de la Embajada”; y

Que el Gobierno de la República del Ecuador, el 16 de agosto de 2012, anunció el otorgamiento de asilo político al señor Julian Assange, quien lo solicitó el 19 de junio de 2012 ante la Embajada del Ecuador en Londres,

RESUELVE:

1. Reiterar la vigencia plena de los principios y normas que regulan las relaciones diplomáticas entre los Estados y en particular aquellas referidas al pleno respeto de la inviolabilidad de los locales de las misiones diplomáticas y de las oficinas consulares, de conformidad con lo establecido en la Convención de Viena de 1961 sobre Relaciones Diplomáticas, y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares.

2. Reafirmar que dichos principios y normas constituyen reglas fundamentales para asegurar la convivencia pacífica entre todos los países que conforman la comunidad internacional.

3. Reiterar la plena vigencia de los principios consagrados en el derecho internacional, como el respeto a la soberanía, el fiel cumplimiento de los tratados internacionales, la solución pacífica de las controversias, la coexistencia pacífica de los Estados y la renuncia a recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza para dirimir los conflictos.

4. Rechazar cualquier intento que ponga en riesgo la inviolabilidad de los locales de las misiones diplomáticas y reiterar la obligación / que tienen todos los Estados de no invocar normas de derecho interno para justificar el incumplimiento de sus obligaciones internacionales, y en este contexto manifestar su solidaridad y respaldo al Gobierno de la República del Ecuador.

5. Instar a los gobiernos del Ecuador y del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte a continuar el diálogo que permita resolver sus actuales diferencias, de acuerdo con el derecho internacional, teniendo en cuenta las expresiones recientemente formuladas por autoridades de ambos gobiernos.

6. Encomendar al Consejo Permanente que de atento seguimiento a esta materia.