Da a conocer CNBV avances del proceso de regulación del sector de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo (SCAP)

Foto: CNBV

Después de 11 años que inició el proceso de regularización del sector de ahorro y crédito popular, la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo (LRASCAP) establece el 31 de diciembre de 2012 como fecha límite para que las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo (SCAP) con activos superiores a 2.5 millones de UDIS soliciten su autorización ante la CNBV, previo dictamen del Comité de Supervisión Auxiliar del Fondo de Protección (CSA).

A efecto de conocer el estatus en el que se encuentran las SCAP que a la fecha aun no han obtenido la autorización de la CNBV, el Fondo de Protección, a través del CSA, lleva el registro de SCAP, mismo que es publico a través de su página de internet www.focoop.com.mx.

Es importante mencionar que la información del registro de SCAP publicada en la página del Fondo de Protección se actualiza diariamente por lo que se recomienda a aquellos interesados en la evolución del sector de SCAP su consulta frecuente.

Con base en la información publicada, al día 15 de septiembre de 2012, el registro de SCAP se integraba por 588 sociedades, las cuales se ubican en los siguientes grados de avance respecto de su proceso de regularización:

  • 69 SCAP autorizadas por la CNBV y supervisadas por esta Comisión y por el Comité de Supervisión Auxiliar del Fondo de Protección (CSA). Estas SCAP, al mes de julio de 2012, administran activos por $60,273 millones, cifra que representa el 69% de los activos totales reconocidos del sector y dan servicios de ahorro y préstamo a mas de 3.8 millones de socios, y sus ahorradores cuentan con la cobertura de la cuenta de seguro de depósitos conforme lo establecido en los artículos 42 y 54 de la LRASCAP.
  • 264 SCAP con nivel de operación básico, mismas que por tener activos inferiores a 2.5 millones de Unidades de Inversión (UDIS) no requieren autorización ni son supervisadas por la CNBV, además de que no participan en la cuenta de seguro de depósitos y por lo tanto sus ahorradores no cuentan con la cobertura del Fondo de Protección. Estas SCAP deben presentar al CSA de manera trimestral o semestral sus estados financieros básicos. Los activos totales de las 264 SCAP no nivel de operación básico es de $1,094 millones y atienden a casi 176 mil socios.
  • 199 SCAP con “prorroga condicionada”, sociedades con activos superiores a 2.5 millones de UDIS, que acreditaron los requisitos que establece el artículo Tercero Transitorio de la LRSCAP y que fueron clasificadas en “A”, “B” o “C” derivado de la evaluación que efectuó el CSA, las cuales tienen hasta el 31 de diciembre de 2012 para solicitar autorización ante la CNBV, previo dictamen favorable del CSA.

Estas SCAP, administran activos por $21,957 millones y dan servicios de ahorro y préstamo a casi 1.7 millones de socios, y mientras no obtengan la autorización de la CNBV sus ahorradores no cuentan con la cobertura de la cuenta de seguro de depósitos del Fondo de Protección.

Es importante mencionar que, con base en la información publicada por el Fondo de Protección en su página de internet www.focoop.com.mx, 101 de estas SCAP ya han presentado su expediente ante el CSA, a efecto de obtener de este un dictamen favorable, requisito indispensable establecido en el artículo 10 de la LRASCAP, para estar en posibilidad de solicitar autorización ante la CNBV.

Por otro lado, se informa que las solicitudes de cuatro de estas sociedades ya han sido remitidas a la CNBV y se encuentran en etapa de análisis a efecto de, en caso de contar con los méritos suficientes, presentarlas a la consideración de la Junta de Gobierno de esta Comisión para su autorización. Se espera que en lo que resta del año, la CNBV recibirá solicitudes de autorización de aproximadamente otras 150 SCAP.

  • 31 SCAP en Evaluación y 25 SCAP sin Evaluar, sociedades con activos superiores a 2.5 millones de UDIS, de las que a la fecha no se ha acreditado ante el CSA el cumplimiento a los requisitos que establece el artículo Tercero Transitorio de la LRSCAP, las cuales igualmente tienen hasta el 31 de diciembre de 2012 para solicitar autorización ante la CNBV, previo dictamen favorable del CSA.

Estas SCAP, administran activos por $3,459 millones y cuentan con más de 362 mil socios, los cuales no cuentan con la cobertura de la cuenta de seguro de depósitos del Fondo de Protección.

De la información antes descrita, se observa que, al 15 de septiembre de 2012, se cuenta con el 57% de SCAP regularizadas (69 SCAP autorizadas por la CNBV y 264 SCAP con nivel de operación básico), y 17% de las SCAP con activos superiores a 2.5 millones de UDIS (97 SCAP en análisis del CSA y 4 SCAP ya presentadas ante la CNBV) han realizado sus trámites para obtener la autorización de la CNBV. Este universo de 433 SCAP representa el 74% de las SCAP que conforman el registro de SCAP.

Se exhorta a aquellas SCAP con activos superiores a 2.5 millones de UDIS que cuenten con una clasificación de A o B, y que a la fecha no han presentado su expediente ante el CSA, lo hagan cuanto antes a efecto de que el propio CSA pueda elaborar el dictamen correspondiente, con el fin de estar en posibilidad de que presenten su solicitud de autorización en los tiempo que señala la LRASCAP, ya que el plazo del 31 de diciembre de 2012 para solicitar la autorización de la CNBV es improrrogable.

Aquellas SCAP con activos superiores a 2.5 millones de UDIS que al 31 de diciembre de 2012 no hayan presentado la solicitud de autorización ante la CNBV para continuar realizando actividades de ahorro y préstamo en términos del artículo 10 de la LRASCAP, a partir del 1 de enero de 2013 deberán abstenerse de realizar operaciones que impliquen la captación de recursos en términos de la LRASCAP. En caso contrario, sus funcionarios y directivos se ubicarán en los supuestos de delito previstos en el primer párrafo del artículo 105 de la Ley de Instituciones de Crédito y 114 de la LRASCAP.

La CNBV, dentro de sus facultades, continuará sus esfuerzos para fomentar la regularización y consolidación del sector de sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, dada su importancia para un desarrollo incluyente del Sistema Financiero Mexicano, en beneficio de la sociedad.

Finalmente, para su pronta referencia, la CNBV en el sitio de Internet http://www.cnbv.gob.mx/Paginas/PES.aspx, pone a disposición del público el Padrón de Entidades Supervisadas (PES), recomendando que antes de ahorrar o invertir su patrimonio, se aseguren a través del PES que se trata de una institución autorizada y supervisada por la CNBV.

Nota: La CNBV no tiene facultades de supervisión sobre las sociedades cooperativas que operan al amparo de la “Prórroga Condicionada”, “En Evaluación”, “Sin Evaluar”, o con “nivel de operaciones básico”.