La reforma al sistema acusatorio no puede caer en el inmovilismo: Juan Silva Meza

Foto: SCJN/Archivo.

Al afirmar que no se puede dejar que la reforma al Sistema Acusatorio caiga en el inmovilismo o en la abulia, el Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), Ministro Juan N. Silva Meza, aseguró ayer que el principio de independencia entraña la actitud del juzgador frente a influencias extrañas al derecho, provenientes del sistema social.

De esta manera, aclaró, la independencia consiste en juzgar desde la perspectiva del derecho y no a partir de presiones o intereses extraños a aquél, de acuerdo con el boletín de prensa emitido por la SCJN.

Al clausurar el Curso de Especialización en Sistema Acusatorio, organizado por la SCJN, el CJF, la SETEC  y la Universidad de Sevilla, el Ministro Silva Meza expresó la preocupación del Poder Judicial de la Federación (PJF)  porque una importante agenda legislativa en la materia sigue pendiente por ser desahogada.

“Al respecto, tengamos siempre presente que la voluntad es la capacidad que nos mueve a hacer cosas de manera intencionada, por encima de las dificultades. El Poder Judicial participa con todos los elementos que tiene a su alcance para la cristalización en los ámbitos sustantivos y operativos del sistema acusatorio”, subrayó.

Recordó que el constituyente estableció los lineamientos para que la Federación, los estados y el Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, expidan y pongan en vigor las modificaciones u ordenamientos legales que sean necesarios, a fin de echar andar el sistema acusatorio, sin exceder el plazo de ocho años.

En este sentido, el Ministro Silva Meza informó que es conocido que el grado de avance real en la instauración del sistema acusatorio en el país, muestra asimetrías alarmantes.

“Así, tan solo unas cuantas entidades de la República han logrado la operación total de la reforma, mientras que la inmensa mayoría siguen ancladas en incipientes etapas de operación parcial, etapa de entrada en vigencia, etapa de planeación y etapa inicial, respectivamente”, apuntó.

Finalmente, destacó que el Curso de Especialización en Sistema Acusatorio que hoy concluyó, consolidará la capacitación y excelencia profesional de los 76 participantes -entre Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito-, uno de los principios cardinales para los impartidores de justicia y orientará su trabajo a la cobertura de los requerimientos de los jueces constitucionales.

Por su parte, el Presidente de la Segunda Sala, Ministro Sergio A. Valls Hernández, llamó a los actores que participan en el Sistema Penal Acusatorio a expresar voluntad y compromiso para hacer efectivo el mismo.

Exhortó a los participantes del curso a no olvidar que su capacitación no termina con lo aprendido, sino que tendrán la responsabilidad de ser replicadores de estos conocimientos a la par de su labor como juzgadores y operadores del sistema, confió en que sabrán impartir las enseñanzas que han obtenido y que en su momento estos conocimientos los aplicaran en sus resoluciones.

Por tal razón, el Ministro Valls Hernández reafirmó que estas capacitaciones e intercambio de ideas las aprovecharán para ir visualizando los alcances de estas reformas, y para ir formando criterios en ese sentido.

Explicó que  el curso fue diseñado de una manera tal que se analizaría el sistema acusatorio, desde un ámbito teórico y práctico a la luz de la experiencia española, para que al finalizar dos juzgadores mexicanos hablaran del aspecto teórico y práctico atendiendo al sistema mexicano.

En este curso se contó con la presencia de seis catedráticos y dos distinguidos juzgadores federales, los Magistrados José Nieves Luna Castro y Miguel Ángel Aguilar López, expertos en el tema, que impartieron diversas cátedras en torno a los principios del sistema acusatorio, el derecho penal y la constitución, la protección jurídico-penal de la administración de justicia, el sistema de recursos, todo lo relativo a la prueba, las partes del proceso y otras peculiaridades del Sistema Procesal Penal Mexicano.